ALERTA INFORMATIVA
¿Competitividad basada
en el cholo barato?
Respuesta a los industriales peruanos
Esta semana la Sociedad Nacional de
Industrias (SNI) y otros sectores ligados a los
intereses empresariales publicaron comunicados en medios
alertando sobre los supuestos riesgos vinculados a la
posible derogatoria de los Regímenes Especiales de
Promoción a la Exportación No Tradicional (Ley N° 22342)
y de Promoción del Sector Agrario (Ley N° 27360). Estos
sectores argumentan que su eliminación supondría la
pérdida de 300 mil empleos directos e indirectos, así
como la interrupción del ritmo de crecimiento en el
sector exportador. Cuestionan, además, la participación
de organizaciones extranjeras en la formulación de las
negociaciones colectivas “con recomendaciones obsoletas,
ajenas a nuestra realidad, que han fracaso y que son
responsables de los altos niveles de desempleo en sus
países”.
Cada una de estas afirmaciones merece una reflexión,
pues soslayan la situación laboral de los trabajadores
peruanos en ambos sectores, además de distorsionar las
razones que explican el alto desempleo en otros países y
regiones.
1-
Ambos regímenes fueron adoptados con
carácter promocional y de manera provisional. Esto
quiere decir que su aprobación tuvo por fin impulsar la
actividad exportadora de productos no tradicionales en
momentos en los que el sector no estaba plenamente
desarrollado. Sin embargo, el carácter temporal de ambas
leyes devino en permanente, al llevar –en el caso de la
Ley N° 22342, aprobada en 1977 bajo la dictadura militar
de Morales Bermúdez– más de treinta años de vigencia, a
pesar del significativo crecimiento y consolidación de
las exportaciones no tradicionales durante la última
década y media (ver cuadro).
Fuente:
BCP (2010).
2-
Ambas leyes se caracterizan por establecer un régimen
disminuido de derechos y beneficios sociales para los
trabajadores y trabajadoras bajo ambas leyes. Esta
situación ha generado que las condiciones laborales de
los trabajadores de la exportación no tradicional
muestren una altísima precariedad respecto de otros
sectores laborales, aspecto no mencionado por la SNI. A
pesar del contexto de crecimiento del 8% de la economía,
del 5% del empleo y 12% PBI industrial al que alude su
comunicado, las remuneraciones promedio de los
trabajadores comprendidos por ambos regímenes son las
más bajas del medio. A más flexibilidad laboral, menor
protección social y menor capacidad para acceder a un
salario digno.
Fuente: MTPE. Anuarios
estadísticos, 2008. Lima: MTPE, pág. 127.
3-
Ambos regímenes especiales posibilitan la contratación
indefinida de personal con contratos de trabajo
temporales, con el argumento que esto promueve la
creación de nuevos puestos de trabajo. Sin embargo, la
realidad muestra que la mayor parte de los contratos
firmados en ambos sectores son de “renovación”; esto es,
se contrata mayoritariamente a los mismos trabajadores,
bajo las mismas condiciones laborales, durante varios
años consecutivos (ver Cuadro). Esta situación de
inestabilidad laboral permanente explica –en gran
medida– los bajos niveles de sindicalización que existen
en el sector.
Número de contratos de inicio y de
renovación del régimen
laboral especial de promoción de
exportación no tradicional
(Nivel nacional)
Fuente: MTPE. Anuarios
estadísticos 2005, 2006, 2007, 2008. Lima.
4-
La participación de sindicatos extranjeros a través de
la cooperación internacional de España (AECID) tiene un
objetivo claro y legítimo: apoyar el fortalecimiento de
las organizaciones de trabajadores (sindicatos) y el
desarrollo autónomo de propuestas de políticas públicas
que favorezcan la situación de los trabajadores
peruanos. Todo esto en la creencia que ciudadanos
organizados, conscientes de sus derechos, aportaran
mejor al desarrollo del Perú. Los sindicatos peruanos
han llevado al Parlamento sus opiniones y propuestas de
cambio de los regímenes laborales que consideran afectan
los intereses de sus afiliados. Los sindicatos no han
tomado fábricas, no han bloqueado carreteras o empresas,
cuestionan con argumentos un régimen que ve disminuido
sus derechos. Ante esto, los industriales prefieren
desmerecer los argumentos basándose en falsos
nacionalismos o soberanías que parecen reclamar
prerrogativas para explotar a los nacionales sin ser
cuestionados por extranjeros.
5-
El crecimiento del desempleo en otras regiones –como
Estados Unidos y Europa– no responde a las políticas
laborales, sino al impacto de la crisis financiera
internacional en los sectores productivos, producto del
exceso de desregulación y la falta de controles por
parte de sus respectivos gobiernos. Mal hace la SNI en
atribuir a la crisis del empleo en estos países a los
derechos laborales y sociales que protegen a sus
trabajadores.
La competitividad, la inclusión y la
equidad social han sido temas centrales en la última
Conferencia Anual de Ejecutivos (CADE). Nadie puede
ocultar el desbalance social que mantiene el
crecimiento económico actual. Se requiere reequilibrar
la mesa con propuestas vinculadas al fortalecimiento
del mercado interno y la mejora de las niveles de la
protección social. Consideramos justo y necesario que
los trabajadores peruanos empleados en el sector textil
y la agroindustria accedan a los mismos derechos y
beneficios sociales que los disfrutados por los
trabajadores del régimen de la actividad privada. La SNI
debería asumir la defensa de los intereses del país, que
son los de su clase trabajadora, y no contribuir a su
pauperización y a la precariedad de sus condiciones de
trabajo. Hay ejemplos en el mundo empresarial peruano
que prueban que ese camino es posible. Existen hoy
empresas peruanas con un alto grado de cumplimiento
laboral, con actitud proactiva para mejorar el clima
laboral entre sus trabajadores.