El 10 de julio de 2009, el Tribunal de Apelaciones de los
Estados Unidos para el Circuito Federal
determinó que la patente estadounidense
5.894.079 (sobre el frijol Enola), que reclama
derechos sobre un frijol amarillo campesino, de
origen mexicano, no es válida porque ninguno de
los reclamos de la patente cumple con el
criterio de “no obviedad”. El caso ha sido
seguido de cerca por grupos de la sociedad civil
preocupados por la biopiratería, el
patentamiento de seres vivos y el control
empresarial de la producción alimentaria. La
escueta decisión de siete páginas del Tribunal,
sostiene que cualquier persona que quisiera
reproducir o mejorar los frijoles amarillos
mexicanos haría precisamente lo que el
“inventor” Larry Proctor hizo: “plantar
los frijoles, cosechar las semillas de las
plantas resultantes, plantar dichas semillas y
repetir el proceso dos veces más”. La decisión
concluye con un llamado al “sentido común”,
manteniendo el rechazo anterior de esta patente
por parte del Consejo de Apelaciones de
Patentes.
“Lo que no tiene ningún sentido es que se haya permitido que
una patente inválida permaneciera vigente más de
una década. ¡Es más de la mitad de la vida de la
patente!” dice Kathy Jo Wetter del Grupo
ETC. “Además, aunque se perjudicó un importante
mercado para agricultores y pequeñas empresas
semilleras de México y Estados Unidos
durante más de diez años, no serán compensados”.
Hace casi una década, el Grupo ETC (entonces llamado RAFI)
denunció que la patente del frijol Enola,
concedida el 13 de abril de 1999, predaba los
conocimientos y recursos genéticos de pueblos
indígenas y comunidades campesinas, que son los
verdaderos creadores de este frijol amarillo
mexicano. El Grupo ETC demandó que la
Organización de las Naciones Unidas para la
Alimentación y la Agricultura (FAO) y el Grupo
Consultivo para la Investigación Agrícola
Internacional (CGIAR) investigaran la
“biopiratería del frijol mexicano” como probable
violación al Fideicomiso del CGIAR de 1994, que
obliga a mantener el germoplasma de determinados
cultivos en el dominio público y fuera de los
reclamos de propiedad intelectual. El Centro
Internacional para la Agricultura Tropical
(CIAT, uno de los centros del CGIAR) con sede en
Colombia, con apoyo de la FAO, presentó una
apelación oficial a finales del 2000. La Oficina
de Patentes y Marcas Registradas de los Estados
Unidos reevaluó la patente y a finales de 2003
dictaminó el primero de cuatro rechazos. Otros
dos rechazos “finales” vinieron en 2005, cuando
la patente tenía seis años. El dueño de la
patente apeló cada vez, pero el Consejo de
Apelaciones de Patentes declaró la patente
inválida nuevamente en abril del 2008. Así, la
patentabilidad de Enola ya había sido rechazada
cuatro veces. Fue este último rechazo lo que el
dueño de la patente intentaba revocar en esta
quinta y supuesta última revisión del caso Enola.
Poco después de haber logrado su patente en 1999, Larry
Proctor, de Colorado, Estados
Unidos acusó a los agricultores mexicanos de
violar sus derechos al vender frijoles amarillos
en los Estados Unidos, y los cargamentos
fueron detenidos en la frontera. Proctor
también demandó a las compañías semilleras y a
los agricultores que vendían o cultivaban el
frijol amarillo mexicano en los Estados
Unidos. “El sistema de patentes permitió que
el dueño de una patente, claramente injusta,
monopolizara los mercados durante una década.
Los campesinos y agricultores no pueden esperar
diez años para que se decida la apelación de una
patente”, dice Silvia Ribeiro de la
oficina en México del Grupo ETC. “Este
caso muestra que el sistema de propiedad
intelectual está diseñado para favorecer a los
dueños de patentes, a costa del bien común y
aunque sea predatorio de los recursos y
conocimientos colectivos de campesinos e
indígenas.”
Tomado de ETC
21 de julio de 2009
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