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México apelará fallo de la OMC sobre fructosa |
México apelará el fallo de la Organización Mundial de
Comercio (OMC), que se pronunció en contra del Impuesto
Especial para la Producción y Servicios (IESP) que se aplica
a los refrescos endulzados con fructosa y otros edulcorantes
distintos del azúcar de caña, informó la Secretaría de
Economía (SE).
Las
autoridades mexicanas estiman que "tienen una defensa
razonable" en el tema, pero dijo también que tienen la
"obligación" de señalar que la decisión de apelar y mantener
el impuesto tiene también "riesgos y consecuencias".
A través
de un comunicado, la dependencia consideró que mantener el
impuesto, aun si se gana la apelación, no resuelve el
problema de fondo, que es la falta de acceso del azúcar
mexicana al mercado de Estados Unidos.
El
pasado 7 de octubre, la OMC hizo público el fallo del pánel,
que resolvió que el impuesto viola la obligación de México
de otorgar trato nacional a los refrescos importados que no
usan azúcar de caña como edulcorante, así como a la fructosa
importada, como insumo para la elaboración de refrescos.
Sin
embargo, México tiene la posibilidad de pedir la revisión
del fallo ante el Órgano de Apelación de la OMC.
La OMC
deberá resolver en un plazo de 60 días la apelación de
México y podrá extenderse a un máximo de 90 días.
El
Congreso de la Unión aprobó el IESP que entró en vigor el 1
de enero de 2002 como una reacción a la violación de Estados
Unidos al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN),
al negar el acceso de azúcar mexicana a su territorio, como
se estableció en el mecanismo comercial, en el cual
participa también Canadá.
El
legislativo mexicano tomó la medida porque los
estadounidenses se rehusaron reiteradamente a dirimir la
controversia planteada por México por las vías
institucionales de comercio.
El 30 de
septiembre, el Departamento de Agricultura de ese país
autorizó la importación de 250 mil toneladas entre el 1 de
octubre de 2005 al 30 de septiembre de 2006, en cualquiera
de sus formas.
Durante
las consultas e intercambio de información entre ambos
países, México expuso su desa-cuerdo con la fórmula
utilizada por Estados Unidos para calcular el arancel cupo
mencionado, pues las estimaciones mexicanas concluyen que el
superávit es mayor a las 250 mil toneladas, por lo que pidió
su ampliación respectiva.
Tras
esta decisión, las autoridades mexicanas decidieron otorgar
el acceso recíproco a las importaciones de fructosa
originarias de Estados Unidos.
La
Secretaría de Economía comentó, sin embargo, que es
necesario profundizar en acciones y decisiones que tomen en
cuenta la realidad del mercado mundial de edulcorantes,
modernizar la planta productiva nacional e incrementar su
actividad productiva para enfrentar con éxito la competencia
internacional.
Pérdidas
La
asociación de refinadores de maíz de Estados Unidos estima
que el impuesto mexicano a las bebidas gaseosas y su impacto
en el acceso al mercado ha generado pérdidas por 994
millones de dólares o 168 millones de bushels de maíz por
año.
Previamente, México impuso un arancel antidumping al jarabe
de maíz de alta fructosa procedente de Estados Unidos hasta
que la OMC y el Tratado de Libre Comercio de América del
Norte (TLCAN) dictaminaron que era ilegal.
El
Universal
12 de
diciembre de 2005