La
Comisión para la Gestión del Riesgo (CGR)
integrada por los ministerios de Ganadería
Agricultura y Pesca (MGAP), Relaciones
Exteriores (MRREE), Economía y Finanzas (MEF),
Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente (MVOTMA)), Industria Energía y
Minería (MIEM) y Salud Pública (MSP),
anunció la apertura de “un período de
consulta pública para los eventos en soja:
A5547-127 y A2704-12; a los efectos de
considerar las solicitudes de autorización para
producción y uso comercial para consumo directo
o procesamiento”.
La
información apareció en el sitio Web del CGR
el pasado abril indicando que los informes
técnicos “de diferentes instituciones del
Comité de Articulación Institucional (CAI)
que se compilaron por la instancia de Evaluación
del Riesgo en Bioseguridad (ERB) en
informes técnicos que a partir del miércoles 25
de abril se pondrán de manifiesto […]
hasta el martes 8 de mayo de 2012”.
No hemos
visto ningún comunicado oficial informando del
llamado. En consecuencia, solamente se enteraron
de su existencia” aquellos que por alguna razón
fortuita visitaron el sitio Web del MGAP
y que además ingresaron al vínculo que los llevó
a Dirección General – Gabinete de Bioseguridad.
Procedimiento demasiado azaroso para calificarlo
de consulta y menos aún de pública.
Evaluación sobre la cual
se solicita la participación
Las organizaciones firmantes formulan las
siguientes puntualizaciones:
1) Las evaluaciones realizadas sobre los eventos
en cuestión están basadas en información
brindada por la empresa y no en estudios
realizados por científicos del país.
2) Algunos organismos muestran preocupación
sobre la autorización de estas semillas para
producción y uso comercial para consumo directo
o procesamiento.
3)
Existen algunas
irregularidades en la consulta. Una de ellas es
que los informes presentados por los miembros de
CAI sobre estos eventos fueron realizados
para que tanto la soja A 5547-127 como la
A2704-12 (LL) fueran
autorizadas para la producción de semillas y no
para su producción y uso comercial para consumo
directo o procesamiento. Estos informes fueron
presentados en el mes de agosto del 2011 y se
autorizaron ambos cultivos en el mes de octubre
del mismo año para producción de semilla.
4)
En marzo del 2012, la ERB utiliza los
mismos informes para autorizar estas semillas
para su producción y uso comercial para consumo
directo o procesamiento. ¿Informes creados un
objetivo, pueden ser utilizados para otro? En
los hechos pareciera que si poniendo en duda,
según nuestra opinión, la seriedad de la
evaluación.
5)
En relación a la inocuidad alimentaria, se
presenta un informe de la Unión Europea
en inglés, que a su vez aclara que la versión
válida es la alemana. Obviamente que esto
impide que gran parte de la población uruguaya
se entere de su contenido, desvirtuando el
alcance de la supuesta consulta pública.
6) En el informe nada se dice sobre los impactos
ambientales causados por estos cultivos, como la
contaminación del agua, suelo y aire, elementos
que son parte de la inocuidad alimentaria. Por
lo tanto no es posible realizar una evaluación
seria de los nuevos cultivos transgénicos si no
se toma en cuenta los impactos ambientales que
causan los paquetes tecnológicos que los
acompañan, así como la solución a los mismos,
preocupación manifestada tanto por la DINAMA
como por el INIA.
7)
Al ser autorizados estos eventos para
producción de semilla claramente se dice que
“Bajo
la caracterización de solicitud de producción de
semilla para la exportación; implica la no
comercialización, ni procesamiento para consumo
humano y animal en la República Oriental del
Uruguay. Por ello es que no está sujeto a
análisis de riesgo en salud”.
Ahora que estas semillas están siendo objeto de
una consulta pública para producirse y
comercializarse en nuestro país, el objetivo es
otro, y lo manifestado en su informe por el MSP
sobre la incapacidad de realizar análisis sobre
los impactos en la salud por no contar con
capacidad técnica, debería tomarse seriamente en
cuenta.
8) La Soja
A 5547-127 y la
Soja A2704-12 (LL)
fueron
autorizadas
para la producción de semilla con destino a
la exportación en octubre del
2011. Ambas presentan las mismas
características, tolerancia al glufosinato de
amonio de la
compañía
Bayer CropSciences, un herbicida de
amplio espectro, que actúa inhibiendo la
actividad de la enzima glutamina sintetasa.
La
propia Bayer describe a este herbicida
como tóxico para peces y crustáceos y recomienda
no contaminar ríos, lagos y estanques con este
producto o con envases vacíos, en otras
palabras, lo reconoce como una sustancia que es
altamente contaminante en el agua. Nos gustaría
conocer las formas de fiscalización previstas
para dar cumplimiento a esta recomendación.
Lo expuesto es suficiente para demostrar que
esta denominada “consulta pública” no fue
concebida con ese fin. Por lo que concluimos que
se trata de una de las tantas que se realizan
con el simple objetivo de cumplir con un
protocolo, pero que nada tiene que ver con la
evaluación real de los riesgos a que el país se
expone con la autorización de estos nuevos
cultivos transgénicos.
Montevideo, 3 de mayo de 2012
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