Una “Cuestión de Orden”
juzgada en la sección plenaria de este
viernes, 19 de diciembre de 2008, a las
09:30hs, en el Supremo Tribunal Federal,
decidió que el militar uruguayo
Manuel Juan Cordero Piacentini,
acusado de haber participado de la
Operación Cóndor, podrá cumplir prisión
domiciliaria después de ser sometido a
cirugía cardiovascular.
La Operación Cóndor
ocurrió en la década del 1970 para
reprimir la oposición a los regímenes
militares que estaban en el poder en
varios países de Sudamérica. El militar
que es acusado de ser uno de los
responsables por “desapariciones
forzadas”
del ciudadano argentino
Adalberto Valdemar Soba
Fernández,
ocurrido en 1976.
Los gobiernos de
Argentina y del Uruguay
pidieron la Extradición del mayor (EXT
974 y 1079, respectivamente), siendo que
el Supremo decidió que el pedido de
Uruguay está perjudicado, una vez
que, de acuerdo con la Ley, cuando dos
países piden Extradición de una misma
persona por los mismos hechos, “tendrá
preferencia el pedido en cuyo territorio
la infracción fue cometida”. Sobre el
pedido de Argentina, el juicio
fue interrumpido por un “pedido de
vista” del ministro Cézar Peluso.
Mientras tanto, el
militar presentó un pedido de prisión
domiciliaria por sufrir de grave
enfermedad cardiovascular, con necesidad
de cirugía. Es casado hace 32 años con
una brasileña y está preso desde febrero
de 2007.
El ministro Marco
Aurélio, relator de la causa,
considero que, por la edad avanzada del
preso -70 años- es razonable que se
recupere de la cirugía en local
adecuado.
“Llevando en
consideración la demostración del
precario estado de salud del
extraditando y que su edad ultrapasa los
70 años, yo voto en el sentido de la
aprobación del pedido, o sea,
transformando la prisión en
domiciliaria”, afirmo el Ministro.
El relator aun destacó
que el militar deberá entregar su
pasaporte en la Policía Federal y
quedarse en Brasil “confiando en la
jurisdicción brasileña hasta el término
de la causa”. Todos los ministros
acompañaran el voto del relator, siendo
que el ministro Menezes Direito
destacó que, por las informaciones, la
cirugía es impostergable y “una cirugía
cardiovascular no es compatible con una
recuperación en el sistema carcelario”.
La ministra Cármen
Lúcia observó que, durante el
tratamiento, Cordero deberá “ser
acompañado por control policial
necesario para que no ocurra ningún tipo
de desvirtuamiento”.
Supremo Tribunal Federal
de Brasil
19 de diciembre de 2008
Comentarios
Me llama la atención que, Adalberto Valdemar Soba Fernández, siga siendo
para el STF, ciudadano argentino.
La otra cosa es que entregar su pasaporte en la Policía Federal y quedarse en
Brasil, no significa absolutamente nada, pues uno puede salir de Brasil
solamente con la cédula de identidad.
Jair Krischke |