México

La Corte negó amparos

a Coca-Cola, multada por prácticas monopólicas

 

Tras litigar varios años, la refresquera buscaba

revertir multas millonarias

 

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó nueve amparos a compañías refresqueras, que impugnaban diversos artículos de la Ley Federal de Competencia Económica con el propósito de revertir multas impuestas por prácticas monopólicas que superan 90 millones de pesos. El caso más representativo de los amparos negados es el de la compañía Coca Cola, la cual ha litigado varios años en tribunales mexicanos.

 

En 2003, la dueña de una tienda de abarrotes en Iztapalapa, en el Distrito Federal, denunció ante la Comisión Federal de Competencia (CFC) que repartidores de la empresa Propimex, embotelladora de Coca Cola, le prohibían comerciar productos de Big Cola. Por esa razón dicha compañía y Pepsico iniciaron demandas civiles en contra de Coca-Cola.

Desde 2000, la empresa Pepsi, competidora de Coca Cola, ya había alertado de prácticas monopólicas a las que constantemente recurre su competidora.

 

Luego de varios años de litigio, los cinco ministros que integran la primera sala de la Corte negaron ayer los nueve amparos promovidos por The Coca-Cola Export Corporation, Coca-Cola Femsa, y otras seis embotelladoras regionales.

 

De esta forma, los integrantes del máximo tribunal del país declararon constitucionales nueve artículos de la Ley Federal de Competencia Económica, así como siete apartados de su reglamento, los cuales establecen las sanciones por prácticas monopólicas.

 

“La sanción que la CFC impuso a las empresas fue por desplazar indebidamente a otros agentes del mercado, e impedirles sustancialmente el acceso a éste, así como establecer ventajas exclusivas a favor de una o varias personas.

 

Los ministros indicaron “que el artículo 28 constitucional, al igual que la Ley Federal de Competencia Económica, buscan prevenir, detectar y sancionar prácticas monopólicas como una forma de proteger el interés general, y no como establecen las quejosas, de otorgarle a la COFECO (Comisión Federal de Competencia) naturaleza jurídica distinta como órgano desconcentrado de la administración pública federal, y por tanto que no puede imponerles dichas sanciones.

 

“Las empresas refresqueras a las que se les negó el amparo son: Propimex SA de CV; The Coca-Cola Export Corporation; Yoli de Acapulco SA de CV; Embotelladora La Victoria SA de CV; Industria Refresquera Peninsular SA de CV; Embotelladora Zapopan SA de CV; Coca-Cola Femsa SA de CV; Panamco Bajío SA de CV, y Coca-Cola Femsa SA de CV”, indicó la SCJN en un comunicado. Las prácticas monopólicas denunciadas en contra de Coca-Cola provocaron que la CFC impusiera multas de 10,5 millones de pesos a cada una de las empresas consideradas.

 

 

Alfredo Méndez

La Jornada, México

30 de octubre de 2007

 

artículos relacionados

México   2-12-2005
Mercado de refrescos
Época de cosecha para Femsa
Por Gerardo Iglesias

31-5-2007   México
Multan a Coca-Cola por prácticas monopólicas
La trasnacional ya no podrá imponer condiciones de exclusividad en las tiendas donde coloca sus productos |
Por Miriam Posada García

 

 

Volver a Portada

 

  UITA - Secretaría Regional Latinoamericana - Montevideo - Uruguay

Wilson Ferreira Aldunate 1229 / 201 - Tel. (598 2) 900 7473 -  902 1048 -  Fax 903 0905