La
justicia laboral chilena condenó el pasado 15 de enero a
Coca Cola Polar, por práctica antisindical. Sirel
conversó con Michael Ceura, del Sindicato Nacional N° 1,
quien resumió el fallo con un simple pero contundente
“ganamos”.
“Coca Cola Polar fue sancionada por práctica
antisindical y tendrá que pagar una multa de 150 UTM
(Unidad Tributaria Mensual), lo equivalente a 11.400
dólares, que deberá entregarse al Servicio Nacional de
Capacitación y Empleo. Si bien esta suma no es
significativa sí lo es la victoria de los trabajadores”,
aseguró Ceura.
Además de la multa, la
Embotelladora de Coca Cola en Chile
no podrá vender sus productos a ninguna empresa o
dependencia del Estado, y deberá regularizar la
situación de sus vendedores de forma inmediata.
La sentencia deja claro que la empresa tiene que hacer
público los porcentajes de crecimiento de las metas
mensuales de los vendedores, es decir, que quede a
disposición de cualquiera de ellos, y que a su vez, las
ventas deben ser entregadas por escrito dentro de los
primeros cinco días de cada mes.
Según declaraciones del director de Trabajo, Rodrigo
Fernández a un medio local, este fallo constituye un
hito en la historia laboral chilena ya que fue un
proceso muy complejo pues había que acreditar las
medidas antisindicales de la empresa. “Los cálculos para
determinar las comisiones tenían complejidades
aritméticas, la oscuridad de estos cálculos fue uno de
los elementos para condenar”, comentó.
Según Michael Ceura, “el factor fundamental que
incidió en este resultado fue el trabajo y la
investigación llevada a cabo por la Inspección General,
que corroboró las denuncias que realizara el Sindicato
en junio del año pasado, de hecho quien llevó a la
Compañía a juicio fue la propia Inspección.
Con este fallo se comprobó que la empresa mal utilizaba
el sistema de comisiones al indicar lo que debían ganar
los vendedores, se hizo justicia” sentenció.