Ecuador
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El TLC
o la
voracidad sin límites
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La noticia de que los EEUU pretenden -vía TLC- sobreproteger
el pago de la deuda externa provocó en más de una persona
una justa indignación. No es para menos. De todas maneras,
sin pretender minimizar en un pelo la gravedad del tema, eso
se sabía. En los TLC suscritos recientemente por Washington
e incluso en el borrador del ALCA, la gran matriz para los
TLC en marcha, en el capítulo sobre la inversión extranjera
directa, hay una definición amplísima de lo que es
inversión, que incluye la deuda externa, a la que se la ve
como inversión extranjera indirecta.
Se sabe que con el TLC las empresas gringas estarían casi
"inmunizadas" contra medidas del Estado nacional. Serían
entidades "extra-territoriales", en muchos casos ya no
estarán sujetas a la jurisdicción nacional. Y eso se
apuntala en tres patas: 1) La mencionada definición de lo
que es una "inversión", que incorporaría activos, créditos
externos, inversiones bursátiles, títulos financieros y a lo
mejor "futuros, opciones y derivados"; en el borrador del
ALCA se define como inversión a "todo tipo de activo y
derecho de cualquier naturaleza" o "todo activo de propiedad
o controlado directa o indirectamente". 2) La utilización de
arbitrajes internacionales, en el marco del Banco Mundial,
al margen de los sistemas jurídicos nacionales, para que los
inversionistas extranjeros (sólo ellos) puedan resolver sus
conflictos con el Estado nacional cuando vean afectados sus
intereses por lo que ellos consideren una "expropiación". 3)
Como complemento, hay otra definición también muy amplia de
lo que se entiende por "expropiación", la que, según una de
las formulaciones del borrador del ALCA, es toda medida que
baja las ganancias o sus expectativas, y que podría ser
provocada, para mencionar un par de ejemplos, por un alza
del salario mínimo vital, por una disposición ambiental que
obligue al uso de filtros contra la polución... Todo esto es
públicamente promocionado desde dentro de nuestros países
por unos cuantos vendepatrias, empeñados en consolidar la
"seguridad jurídica" para el inversionista extranjero.
También hay claras referencias a las "concesiones,
licencias, autorizaciones, permisos, y a derechos similares
conferidos en seguimiento a la ley doméstica aplicable".
Esto significaría que si un gobierno revoca una concesión
(del agua potable, por ejemplo), por la razón que sea,
podría ser conducido directamente, sin pasar por un proceso
judicial previo, a un arbitraje internacional. Por lo tanto,
es preciso que se entienda que el arbitraje planteado por la
compañía Occidental al Estado ecuatoriano para conseguir la
devolución de 75 millones de dólares por concepto del IVA,
que tanto revuelo ha causado en este país andino, es apenas
un pálido reflejo de lo que se viene.
En definitiva, con el TLC, impulsado alegremente a cuenta de
un inexistente libre comercio por unos cuantos ignorantes e
ingenuos, con el apoyo de los tinterillos del capital
transnacional, las leyes nacionales sufrirán un duro golpe.
Incluso la misma Constitución de los países andinos deberá
ser reescrita, para adecuarla a la voracidad sin límite de
Washington. Y la palabra soberanía, si el TLC no dispone lo
contrario, apenas aparecerá en los diccionarios.
Alberto Acosta
Convenio La Insignia - Rel-UITA
22 de setiembre de 2004
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