Ecuador

El TLC

o la voracidad sin límites

 

La noticia de que los EEUU pretenden -vía TLC- sobreproteger el pago de la deuda externa provocó en más de una persona una justa indignación. No es para menos. De todas maneras, sin pretender minimizar en un pelo la gravedad del tema, eso se sabía. En los TLC suscritos recientemente por Washington e incluso en el borrador del ALCA, la gran matriz para los TLC en marcha, en el capítulo sobre la inversión extranjera directa, hay una definición amplísima de lo que es inversión, que incluye la deuda externa, a la que se la ve como inversión extranjera indirecta.


Se sabe que con el TLC las empresas gringas estarían casi "inmunizadas" contra medidas del Estado nacional. Serían entidades "extra-territoriales", en muchos casos ya no estarán sujetas a la jurisdicción nacional. Y eso se apuntala en tres patas: 1) La mencionada definición de lo que es una "inversión", que incorporaría activos, créditos externos, inversiones bursátiles, títulos financieros y a lo mejor "futuros, opciones y derivados"; en el borrador del ALCA se define como inversión a "todo tipo de activo y derecho de cualquier naturaleza" o "todo activo de propiedad o controlado directa o indirectamente". 2) La utilización de arbitrajes internacionales, en el marco del Banco Mundial, al margen de los sistemas jurídicos nacionales, para que los inversionistas extranjeros (sólo ellos) puedan resolver sus conflictos con el Estado nacional cuando vean afectados sus intereses por lo que ellos consideren una "expropiación". 3) Como complemento, hay otra definición también muy amplia de lo que se entiende por "expropiación", la que, según una de las formulaciones del borrador del ALCA, es toda medida que baja las ganancias o sus expectativas, y que podría ser provocada, para mencionar un par de ejemplos, por un alza del salario mínimo vital, por una disposición ambiental que obligue al uso de filtros contra la polución... Todo esto es públicamente promocionado desde dentro de nuestros países por unos cuantos vendepatrias, empeñados en consolidar la "seguridad jurídica" para el inversionista extranjero.

También hay claras referencias a las "concesiones, licencias, autorizaciones, permisos, y a derechos similares conferidos en seguimiento a la ley doméstica aplicable". Esto significaría que si un gobierno revoca una concesión (del agua potable, por ejemplo), por la razón que sea, podría ser conducido directamente, sin pasar por un proceso judicial previo, a un arbitraje internacional. Por lo tanto, es preciso que se entienda que el arbitraje planteado por la compañía Occidental al Estado ecuatoriano para conseguir la devolución de 75 millones de dólares por concepto del IVA, que tanto revuelo ha causado en este país andino, es apenas un pálido reflejo de lo que se viene.

En definitiva, con el TLC, impulsado alegremente a cuenta de un inexistente libre comercio por unos cuantos ignorantes e ingenuos, con el apoyo de los tinterillos del capital transnacional, las leyes nacionales sufrirán un duro golpe. Incluso la misma Constitución de los países andinos deberá ser reescrita, para adecuarla a la voracidad sin límite de Washington. Y la palabra soberanía, si el TLC no dispone lo contrario, apenas aparecerá en los diccionarios.

 

Alberto Acosta

Convenio La Insignia - Rel-UITA

22 de setiembre de 2004

 

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