La
controvertida vía del gradualismo
para combatir la
impunidad |
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Empeñados en al menos
mitigar los alcances más “impresentables” de la ley que
dejó sin castigo a los violadores de los derechos
humanos durante la última dictadura, los partidos de
izquierda que hoy gobiernan Uruguay han elegido un
camino gradualista.
Para optar por esa vía descartaron –en todo caso por el
momento– la anulación lisa y llana de la llamada ley de
Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, aprobada en
1986 con los votos de la mayoría de los parlamentarios de la
derecha y que supuso la no sanción penal de los militares o
policías acusados de diversas aberraciones en el período
dictatorial (27 de junio de 1973 - 1 de marzo de 1985).
La ley de Caducidad (o de “impunidad”, como la llaman la
izquierda y las organizaciones de defensa de los derechos
humanos) fue además ratificada en 1989 en un plebiscito por
el 57 por ciento del cuerpo electoral uruguayo.
Es fundamentalmente por ese último motivo que la mayoría del
Frente Amplio, la coalición gobernante, estimó que la ley
había adquirido una fuerza “especial” y se comprometió a
respetarla en caso de acceder al poder.
En la campaña electoral pasada, el actual presidente
socialista Tabaré Vázquez precisó que no se apartaría del
texto “ni un ápice”, aunque señaló también que desde su
entrada en vigencia la ley no había sido cabalmente
aplicada, ya que se la había utilizado para dejar impunes
incluso los crímenes que permitía juzgar.
La “caducidad de la pretensión punitiva del Estado” no
alcanza a delitos como la apropiación de niños, ilícitos
económicos, secuestros con fines extorsivos y todas las
violaciones a los derechos humanos cometidas por civiles.
Sin embargo, todos los presidentes de derecha que se
sucedieron desde 1989 hasta 2004 (la ley otorga al Poder
Ejecutivo, y no a la justicia, la potestad de decidir cuál
delito está comprendido en la ley de Caducidad y cuál no)
decidieron “ampliar” sus beneficios a quienes no deberían
haber sido amparados por ella. A su vez, no cumplieron con
lo estipulado en el artículo 4 de la ley, que ordena
investigar los hechos.
Esgrimiendo la doble justificación del compromiso de respetar
el texto de 1986 ratificado en 1989 y de hacerlo cumplir en
todos sus artículos el gobierno de Vázquez se decidió a
impulsar una “ley interpretativa”.
Este nuevo dispositivo excluye expresamente de la caducidad
el secuestro de niños, los delitos cometidos fuera de las
fronteras nacionales (la mayoría de los alrededor de 230
desaparecidos uruguayos fueron secuestrados en Argentina),
los ilícitos económicos, todas las violaciones a los
derechos humanos cometidas por civiles y permite el
juzgamiento de los mandos militares o policiales que hayan
ordenado las atrocidades.
Dirigentes de la actual oposición conservadora, entre los que
figuran algunos de los inspiradores de la ley de caducidad,
como el ex vicepresidente Gonzalo Aguirre o el ex presidente
Julio María Sanguinetti, pusieron el grito en el cielo y
denunciaron que la interpretación del gobierno y la bancada
parlamentaria de la izquierda tergiversa “el espíritu” de la
“ley madre” de 1986, a la que equiparan con una amnistía.
Algunos de ellos no excluyen la presentación de un recurso de
inconstitucionalidad cuando la nueva ley se apruebe.
En el mismo sentido se pronunciaron los altos mandos
militares, reunidos en la tarde del viernes 25 para analizar
la movida del Poder Ejecutivo.
En la izquierda hay consenso en que la ley interpretativa
constituye un paso adelante respecto al estado de cosas
actual, ya que permitiría por fin enjuiciar a algunos
responsables de violaciones a los derechos humanos (Uruguay
es visto como un “paraíso de la impunidad” de este tipo de
delitos en América Latina).
Se coincide igualmente en que la vía elegida es más funcional
a los fines de que se imparta justicia que una derogación de
la ley de 1986, ya que este segundo camino no tiene efecto
retroactivo y supone convalidar lo actuado hasta el día de
la derogación.
Sin embargo, tanto en los partidos de la coalición gobernante
como en las organizaciones de defensa de los derechos
humanos numerosas voces se han levantado en favor de una
anulación de la ley de caducidad y no simplemente de una
“intepretación” del texto vigente, por más positiva que ésta
pudiera ser.
A diferencia de la derogación, la anulación borra todo lo que
se haya decidido hasta ahora, como si la Caducidad nunca
hubiera existido, y a diferencia de la ley interpretativa no
supone una convalidación de la ley de 1986.
Uno de los más firmes partidarios de esta opción es el
jurista Oscar López Goldaracena, quien en un trabajo escrito
para el Servicio Paz y Justicia y revelado el viernes 25 por
el semanario Brecha, estima que la ley de caducidad “está
viciada de nulidad absoluta por ser violatoria de normas de
derecho internacional general” contempladas en la Convención
de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969 y que “no
admiten acuerdo en contrario”, al tratarse de “normas
universales, imperativas y dinámicas que se encuentran por
encima de la voluntad de los estados”.
“Pero lo más importante –añade el jurista– es que son
absolutamente nulos los tratados celebrados en violación de
esas normas y, con más razón, serían absolutamente nulas las
leyes de un país sancionadas en contradicción con sus
principios”.
Si las violaciones a los derechos humanos ocurridas bajo la
dictadura uruguaya “constituyen crímenes contra la
humanidad, debe declararse la nulidad de la ley de
caducidad, ya que resulta inadmisible por su antijuridicidad
intrínseca”, concluye López Goldaracena.
En 1992, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró
que la ley de caducidad era violatoria de algunos de los
artículos del Pacto Interamericano de derechos Humanos y
recomendó al Estado uruguayo “revertir esa situación”.
Recordando esa decisión, Jacinta Balbela, ex integrante de la
Suprema Corte de Justicia, subrayó que “la ley de caducidad
es un disparate jurídico mayúsculo que no se puede reformar”
y que deja como único camino posible para quienes defiendan
a cabalidad el estado de derecho su anulación.
Por otra parte, no se necesita mayoría especial alguna para
que un Poder Legislativo anule la ley de caducidad, ni
siquiera porque ésta haya sido ratificada en un plebiscito,
señaló López Goldaracena, eliminando así una de las
objeciones a este camino interpuestas incluso desde filas de
la izquierda.
Sólo con los votos de la coalición de izquierda gobernante,
que dispone de mayoría absoluta en Senado y Diputados,
bastaría para adoptar una medida de ese tipo.
Medidas de anulación similares a la propuesta por López
Goldaracena ya existieron en el pasado en el propio Uruguay
y en la región, más concretamente en Argentina. Aquí, en
1985 el Parlamento declaró la “nulidad absoluta y la
inexistencia de determinadas Oleyes¹ sancionadas” por la
ilegítima institucionalidad de la dictadura. En Argentina,
en 2003, el Poder Legislativo dispuso la anulación de las
leyes de obediencia debida y punto final, que habían frenado
los juicios contra los represores.
Quienes se manifiestan en favor de la anulación de la
Caducidad aducen además que el momento en que se realizó el
plebiscito de 1989, que terminó ratificando la vigencia de
ese texto, fue muy singular, ya que la memoria de la última
dictadura era reciente y muchos votantes fueron convencidos
con el argumento de que los militares podían llegar a dar un
nuevo golpe de Estado en caso de que la ley fuera derogada.
“Las leyes no son eternas y sin duda ahora estamos en un
contexto muy distinto en todos los planos al de hace 16
años”, adujo el abogado Pablo Chargoñia, defensor de varios
familiares de desaparecidos.
Por otra parte, la ley interpretativa, si bien ofrece una
visión más abarcativa de la caducidad que la aplicada hasta
ahora, deja amparados delitos como los secuestros y los
asesinatos políticos cometidos dentro del país y la práctica
de la tortura, instaurando una distinción entre actos
aberrantes que tampoco se ajusta a lo estipulado en los
tratados firmados por Uruguay ni se compadece con el deber
de justicia, agregó.
La única opción realmente coherente con lo que siempre
preconizó la izquierda y con la adecuación de la legislación
nacional a la internacional es la anulación de la ley de
1986, remarcaron tanto Chargoñia como López Goldaracena.
Daniel
Gatti
© Rel-UITA
29 de
noviembre de 2005
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