Nigeria
Violaciones de derechos humanos en el periodo previo a
las elecciones
En
abril de 2007 se celebrarán en Nigeria elecciones a la
presidencia, al parlamento y a los gobiernos estatales.
Amnistía
Internacional ve con preocupación el
grado de violencia e intimidación que ya rodea el
proceso electoral, y la posibilidad de que se cometan
más violaciones graves de derechos humanos en el
contexto del proceso electoral en el periodo comprendido
entre la fecha actual y abril de 2007.
La
organización ha documentado actos de violencia política
generalizados antes, durante y después de las elecciones
celebradas en Nigeria en 1999 y 2003, que incluyen
varios asesinatos políticos, así como agresiones y
combates entre milicias armadas vinculadas a los
candidatos. La violencia política se produjo tanto en el
ámbito nacional, como en el estatal y el local.
Amnistía Internacional
ya ha recibido numerosos informes de casos de violencia
política relacionados con las elecciones del 2007,
incluidos asesinatos y tentativas de asesinato de varios
candidatos electorales.
Abundan
en todo el país alegaciones según las cuales los líderes
políticos están proporcionando armas a grupos de civiles
para fomentar la violencia política en el ámbito local y
en el estatal. La amenaza de la violencia armada está
alimentada por la creciente entrada de armas en Nigeria.
A Amnistía
Internacional le preocupa especialmente
la violencia política que se está produciendo en el
ámbito local, a la que la organización cree que no se
está prestando la debida atención.
Bajo
esta violencia relacionada con las elecciones subyacen
varias cuestiones graves relativas a la gobernanza y al
acceso a los recursos en el país, así como una cultura
de la impunidad que hace que por lo general no se someta
a investigación, no digamos se juzgue, a destacadas
personalidades políticas que según se dice fomentan la
violencia. Pese a las recientes declaraciones de algunos
funcionarios de seguridad y a las ocasionales
detenciones, no se investiga ni se castiga la mayor
parte de los actos de violencia relacionados con las
elecciones. La impunidad por delitos y violaciones de
derechos humanos similares cometidos durante elecciones
anteriores revierte directamente en la situación actual
y en la posibilidad de que la situación de la seguridad
en el país se deteriore aún más a medida que se acerque
el mes de abril del 2007.
El
papel de
Amnistía Internacional en las elecciones
no es actuar como observador electoral, ni en Nigeria ni
en ningún otro país. La organización se limita a
investigar y comentar los abusos contra los derechos
humanos que se cometen en el contexto de las elecciones
y a pedir que se respeten y se protejan estos derechos.
La organización es estrictamente neutral en cualquier
contienda electoral, sin favorecer a ningún partido ni
candidato. Tampoco hace comentarios sobre procedimientos
ni cuestiones técnicas relacionados con las elecciones.
Amnistía Internacional
considera que la Comisión Africana puede desempeñar un
papel crucial para garantizar el respeto y la protección
de los derechos humanos en Nigeria. Por este motivo,
animamos a la Comisión a que:
-Pida
al gobierno de Nigeria que garantice el respeto y la
protección plenos de los derechos humanos consagrados en
la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y
pida a todos los partidos políticos que declaren
públicamente que no tolerarán abusos contra los derechos
humanos en el contexto de las elecciones.
-Pida a
las autoridades pertinentes que investiguen todas las
denuncias de abusos contra los derechos humanos y, si
hay pruebas admisibles suficientes, que enjuicien a los
presuntos autores.
-Pida
al gobierno que respete y proteja la labor de los
defensores de derechos humanos, incluidos los que
defienden los derechos humanos de las mujeres, y
garantice que pueden llevar a cabo sus actividades de
promover y vigilar el respeto a los derechos humanos
durante las elecciones.
Amnistía Internacional
desea animar a la Comisión Africana a que efectúe una
visita a Nigeria antes de las elecciones de abril del
2007, con el fin de promover la Carta Africana de
Derechos Humanos y de los Pueblos y de animar a las
autoridades correspondientes y a todos los partidos
políticos a que se comprometan públicamente con un
programa claro de protección y respeto de los derechos
humanos tanto durante como después de las elecciones.
Sudán (Darfur)
Para
los desplazados de Darfur la supervivencia sigue siendo
difícil y peligrosa. El mismo gobierno que financió,
apoyó y participó junto con la milicia yanyawid en su
expulsión de sus pueblos y tierras se niega ahora a
permitir que se realice en Darfur la transición de la
actual Misión de la Unión Africana en Sudán (AMIS) a una
misión de paz de la ONU mejor equipada, a la que el
Consejo de Seguridad de la ONU ha otorgado el mandato de
proteger a la población civil. El mismo gobierno cuya
obligación debe ser proteger a su pueblo está negando
esa protección a su propio pueblo.
Mientras tanto, el pueblo sufre. Más de 2.000
poblaciones de Darfur han sido destruidos desde el 2003.
Casi dos
millones de personas viven confinadas en campos, decenas
de miles más han buscado refugio en las
ciudades, y
200.000 permanecen en los campos de refugiados del Chad.
En la mayor parte de Darfur Occidental, las tierras
están ocupadas por la milicia yanyawid y los desplazados
no pueden salir de los campos para desplazados internos
ni de las ciudades sin correr el riesgo de ser
torturados, violados o asesinados por la milicia.
Amnistía Internacional, a la que no se le ha permitido
el acceso a Sudán, ha recogido en el Chad decenas de
testimonios de personas que han huido recientemente de
Darfur, en los que hablan de matanzas y torturas a manos
de la milicia yanyawid. La policía sudanesa no toma
medidas efectivas para investigar las denuncias de los
abusos que comete la milicia, y en algunos casos, ha
detenido y torturado a quienes han acudido a ella para
denunciarlos.
El
gobierno de Sudán, tras varios acuerdos patrocinados por
la Unión Africana (UA) desde el 2004, no ha adoptado
ninguna medida efectiva para desarmar a la milicia
yanyawid. Lo que es peor, los miembros de esta milicia
no sólo se están incorporando ahora en organizaciones
paramilitares como las Fuerzas Populares de Defensa o el
Servicio de Información de Fronteras, sino, según los
informes, también en el ejército regular. En lugar de
ser desarmados, se les está rearmando. Por ejemplo, los
observadores, incluidas las víctimas de los ataques de
Jebel Moon, informan de que los yanyawid que les
atacaron iban armados con armas totalmente nuevas y
llevaban uniformes sudaneses totalmente nuevos. Los
observadores en el Campamento de las Fuerzas Armadas
Sudanesas de Tina, en la frontera con el Chad, a unos 80
kilómetros de Jebel Moon, también han informado de la
presencia de milicianos yanyawid con armas y uniformes
nuevos dentro del campo. Se ha atacado a pueblos
situados a pocos kilómetros de un campamento de las
fuerzas armadas sudanesas sin que éstas hicieran intento
alguno de proteger a sus habitantes. Al mismo tiempo,
las fuerzas armadas sudanesas han cometido ataques
indiscriminados y, en algunas ocasiones, según los
informes, ataques selectivos contra civiles, mediante el
bombardeo de pueblos civiles.
Las
fuerzas de la AMIS que fueron tan bien recibidas cuando
iniciaron su despliegue se enfrentan ahora a la
desconfianza de los desplazados de Darfur. Carecen de
financiación adecuada y de equipos esenciales, como
medios de transporte y de comunicaciones, a menudo como
consecuencia del incumplimiento de las promesas de los
países donantes. El gobierno sudanés limita sus
movimientos, imponiendo el toque de queda y exigiendo
autorización previa para los vuelos, lo que dificulta
cualquier respuesta rápida a los ataques contra civiles
y alimenta la desconfianza y la indefensión de la gente.
En
marzo del 2006, el Consejo de Paz y Seguridad de la UA
respaldó la transición a una fuerza de paz de la ONU en
Darfur. El 31 de agosto de 2005, el Consejo de Seguridad
de la ONU había adoptado una resolución en la que
invitaba al gobierno de Sudán a que diera su
consentimiento al despliegue de unas tropas de paz de la
ONU en Darfur con mandato y medios para proteger
efectivamente a los civiles. Ya hay más de 10.000 tropas
de paz de la ONU en el sur del país, como parte de la
UMIS. El Movimiento de Liberación Popular de Sudán,
aliado del Congreso Nacional en el gobierno de Unidad
Nacional, apoya la transición a las tropas de la ONU,
así como todos los partidos de la oposición de Sudán. La
única excepción es el partido gobernante, el Congreso
Nacional.
Sin un
gobierno que los proteja, los desplazados de Darfur se
ven abocados a pedir ayuda a las organizaciones
regionales e internacionales: la Unión Africana y las
Naciones Unidas. En su 38º. periodo ordinario de
sesiones, la Comisión Africana adoptó una resolución muy
importante en la que pedía al gobierno de Sudán que
cumpliera sus obligaciones contraídas en virtud de la
Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.
Amnistía Internacional
considera que la Comisión Africana debe seguir
ejerciendo su autoridad e instar al gobierno de Sudán a
que garantice la protección efectiva de los civiles en
Darfur y a que dé su consentimiento al despliegue de una
misión de paz de la ONU en Darfur, conforme a lo
previsto en la Resolución 1706 del Consejo de Seguridad
de la ONU.
Declaración sobre los desalojos forzosos
La
práctica del desalojo forzoso ha alcanzado proporciones
epidémicas en África, donde se informa que más de tres
millones de africanos han sido desalojados de sus
hogares desde el año 2000.
Amnistía Internacional
considera que los desalojos forzosos constituyen una de
las violaciones de derechos humanos más extendidas y
menos reconocidas en África.
Pese a
que la práctica es una violación manifiesta de los
derechos humanos según el derecho internacional, los
gobiernos de África continúan desalojando de sus hogares
a cientos de miles de personas cada año. Como
consecuencia de los desalojos forzosos, estas personas
quedan sin hogar, pierden sus pertenencias sin recibir
indemnización alguna y son alejadas contra su voluntad
de las fuentes de agua potable, alimentos, saneamiento,
sustento o educación, vulnerando así la Carta Africana
de Derechos Humanos y de los Pueblos. Estos desalojos
forzosos suelen ir acompañados de violaciones de otros
derechos humanos consagrados en la Carta, como uso de
fuerza excesiva por los que llevan a cabo los desalojos,
detención arbitraria, palizas, violación sexual, tortura
e incluso homicidio.
Se
estima que en Nigeria dos millones de personas han sido
desalojadas de sus hogares desde el año 2000.
En varios casos se han arrasado asentamientos enteros,
dejando en la indigencia a hombres, mujeres, niños y
niñas.
En
Sudán, aproximadamente 1.800.000 personas desplazadas
internamente,
forzadas por el prolongado conflicto y la marginación a abandonar sus
hogares, residen hoy en la capital, Jartum, y sus
alrededores. Más de 12.000 personas fueron desalojadas
del campo de Dar Assalaam en agosto de este año.
La mayoría ya habían sido desplazadas antes a causa del
conflicto que vive el país y se habían asentado en
campos de la capital o en sus proximidades. Las
autoridades han desalojado de estos campos a miles de
personas, reasentándolas en zonas desérticas sin acceso
a agua potable, alimentos y otras necesidades
esenciales.
En el
2005, mediante una operación que fue objeto de una
condena generalizada, el gobierno de Zimbabue desalojó
de su hogar, de su lugar de trabajo o de ambos sitios a
la vez, a unas 700.000 personas. Y hasta la fecha no ha tomado ninguna medida eficaz para
resolver la situación en que han quedado estas personas.
En
Luanda, Angola, por lo menos 10.000 familias han sido
desalojadas desde el 2001, y sus hogares han sido
destruidos. Muchas de estas familias, que no han recibido ninguna indemnización y
cuyas posesiones fueron robadas por las mismas personas
que llevaron a cabo los desalojos, continúan sin
vivienda.
En
Kenia, aproximadamente 70.000 personas que vivían en
zonas forestales han sido desalojadas de sus hogares
desde el año 2005, y por lo menos 20.000 más han sido
desalojadas de barrios de Nairobi o de zonas próximas a
la capital desde el 2000.
En
marzo y abril de este año, más de 7.000 personas
quedaron sin vivienda en Ghana cuando fueron desalojadas
por la División de Caza, Fauna y Flora del Parque
Nacional de Digya. Los desalojos se interrumpieron en
abril cuando un barco que transportaba a más de 150 de
estas personas volcó causando la muerte de por lo menos
10 de ellas. La amenaza de desalojo forzoso sigue
pesando sobre las que quedaron en el Parque.
También se destruyeron
los hogares de unas 800 personas en Legion Village,
Accra, en mayo de este año, y unas 30.000 de la
comunidad Agbogbloshie de Accra llevan amenazadas con
desalojo desde el 2002.
En
Guinea Ecuatorial, más de 650 familias han sido
desalojadas de sus hogares desde el 2004, año en que el
gobierno emprendió un programa de regeneración urbana en
Malabo y Bata.
Estas familias tenían título de propiedad. Millares más
pueden correr la misma suerte.
Pese a
que la jurisprudencia de la Comisión Africana refleja la
prohibición de los desalojos forzosos, la Comisión no ha
emitido un comunicado oficial ni hecho una declaración
que aborde esta cuestión específicamente. Dada la
gravedad y la magnitud del fenómeno de los desalojos
forzosos en África,
Amnistía Internacional
alienta a la Comisión a que adopte una resolución que
condene esta práctica y la defina como una violación
grave de la Carta Africana.
Amnistía Internacional
también desea sugerir que la Comisión Africana
desarrolle principios para prevenir los desalojos
forzosos y brindar protección contra esta práctica en
África, basados en la Carta Africana, en la
jurisprudencia sentada por la Comisión y en el derecho y
las normas internacionales de derechos humanos
elaborados por los organismos y expertos de las Naciones
Unidas.
Amnistía Internacional
recomienda especialmente que los Estados Partes en la
Carta Africana se aseguren de que todos los desalojos
cumplen los siguientes principios:
- se
realiza una consulta genuina con las personas afectadas;
- se da
un aviso adecuado y razonable (no inferior a 90 días) de
la fecha prevista para el desalojo a todas las personas
afectadas;
- se
comunica información sobre los desalojos que se proponen
y, en su caso, sobre los fines para los que se
utilizarán las viviendas, en un plazo de tiempo adecuado
a todas las personas afectadas;
- se
dispone la presencia de funcionarios del gobierno o de
sus representantes durante los desalojos, especialmente
cuando éstos se aplican a grupos de personas;
- se
identifica debidamente a todas las personas que llevan a
cabo el desalojo;
no se realiza el desalojo en tiempo particularmente
inclemente o de noche, a menos que las personas
afectadas den su consentimiento;
- no se
deja nunca sin techo a una persona a causa de un
desalojo: las personas desalojadas deben recibir una
indemnización justa y una alternativa de vivienda;
- se
asegura un acceso seguro y sin riesgos a alimentos, agua
potable y saneamiento, así como a servicios médicos,
para las personas desalojadas;
- se
ofrece recurso legal a las personas afectadas para que
puedan impugnar los desalojos, incluida asistencia
letrada gratuita a aquéllas que la necesiten para poder
buscar reparación en los tribunales.
Declaración sobre la pena de muerte
Amnistía Internacional
se opone a la pena de muerte en todos los casos. Algunos
de quienes sostienen que se debería conservar esta pena
alegan argumentos culturales y religiosos. Sin embargo,
Amnistía
Internacional considera que la pena
capital viola el derecho a la vida y la prohibición de
la tortura y de penas y tratos crueles, inhumanos o
degradantes, derechos humanos reconocidos universalmente
que también están consagrados en la Carta Africana de
Derechos Humanos y de los Pueblos.
Nunca
se ha demostrado que la pena de muerte sea más eficaz
que otras penas para disuadir de la comisión de delitos.
El uso de la pena de muerte conlleva el riesgo
omnipresente de ejecutar a personas inocentes y cada
ejecución tiene un efecto insensibilizador en la
sociedad que la lleva a cabo.
Por
estas razones y muchas más, el mundo está rechazando el
homicidio judicial a manos del Estado.
En 1977 sólo habían
abolido la pena de muerte 16 países. Hoy esa cifra es de
99. Treinta países más pueden
considerarse "abolicionistas en la práctica", al no
haber realizado ninguna ejecución durante al menos 20
años. De los 190 países del mundo, 129 se han liberado
ya de la pena de muerte.
Los
Estados africanos también han dado pasos importantes
hacia la abolición de la pena capital. Según los
informes, en el 2006, de los 53 Estados miembros de la
Unión Africana, cuatro habían realizado ejecuciones:
Egipto, Libia, Somalia y Sudán. Lamentablemente,
Botsuana se sumó a esta lista en el 2006 con la
ejecución en la horca de Oteng Modisane Ping el 1 de
abril.
Angola,
Cabo Verde, Costa de Marfil, Guinea-Bissau, Liberia,
Mauricio, Mozambique, Namibia, Santo Tomé y Príncipe,
las islas Seychelles, Senegal, Sudáfrica y Yibuti han
abolido la pena de muerte por completo. Liberia la
abolió para todos los delitos en el 2005. En el 2006,
las autoridades nigerianas conmutaron las penas
impuestas a 107 condenados y el fiscal general de Ghana
pidió la abolición de la pena capital. Las autoridades
de Kenia y Ruanda han indicado su deseo de eliminar la
pena de muerte de sus leyes. El gobierno de Togo ha
informado recientemente a Amnistía Internacional de su
deseo de abolir la pena capital.
Pero en
otros países la situación sigue siendo negativa. Egipto
sigue realizando ejecuciones después de procesos
judiciales injustos que no cumplen las normas
internacionales, como el derecho a apelar a un tribunal
superior.
La
ejecución de personas menores de 18 años de edad en el
momento del juicio está estrictamente prohibida en el
derecho internacional. No obstante, en la República
Democrática del Congo (RDC) y en Sudán, la ley permite
la ejecución de estas personas y en ambos países se
condena a muerte a menores. Según los informes, la
última ejecución de un menor se produjo en la RDC en el
2000.
En
Somalia se han realizado ejecuciones horas después de la
imposición de la pena capital por un tribunal islámico (saria),
que niega el derecho del procesado a disponer de abogado
y a apenar ante un tribunal superior.
En
Etiopía hay presos de conciencia condenados a muerte por
cargos relacionados con sus actividades pacíficas y
legítimas.
En
resumen, según la información de que dispone
Amnistía Internacional,
de los 53 Estados miembros de la Unión Africana, 13 han
abolido la pena de muerte, otros 17 son abolicionistas
en la práctica y quedan 23 que mantienen y usan la pena
capital.
En su
26º. periodo ordinario de sesiones, celebrado en
noviembre de 1999 en Kigali, Ruanda, la Comisión
Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (Comisión
Africana) adoptó una resolución en la que pedía a los
Estados partes de la Carta Africana que considerasen la
abolición de la pena de muerte. Esta resolución reflejo
el punto de vista de la comunidad internacional, así
como la tendencia a la abolición de la pena capital.
Amnistía Internacional recibe con beneplácito y respalda
plenamente al Grupo de Trabajo sobre la Pena de Muerte
en África, al que considera un importante mecanismo para
la abolición total de la pena de muerte en África. La
organización cree que el Grupo de Trabajo podría
consolidar la labor que ya ha realizado la Comisión
Africana y le anima a seguir elaborando recomendaciones
a los Estados africanos a fin de lograr la abolición de
la pena de muerte.
En esta
tarea, el Grupo de Trabajo sobre la Pena de Muerte en
África debería considerar la posibilidad de condenar
públicamente la pena de muerte como una violación de
derechos humanos fundamentales, incluidos los que
garantiza la Carta Africana, e instar a todos los
Estados partes de la Carta Africana que aún mantienen la
pena de muerte a que:
-
procedan a abolir totalmente la pena de muerte y,
mientras tanto, ordenen la suspensión de las
ejecuciones;
-
garanticen que las personas acusadas de delitos que
conllevan la pena de muerte gozan de todas las
salvaguardias y garantías de debido proceso que
establecen la Carta Africana y las normas
internacionales, y tienen derecho a pedir el indulto o
la conmutación de la pena;
- no
impongan la pena de muerte a personas menores de 18 años
en el momento en que cometieron el delito, y excluyan de
la pena de muerte a las mujeres embarazadas y a las
madres con hijos de corta edad a su cargo, así como a
las personas que padecen discapacidades mentales o
intelectuales;
- no
impongan la pena de muerte más que para los delitos de
máxima gravedad.
Amnistía Internacional anima también al Grupo de Trabajo a que pida a los
Estados partes de la Carta Africana que ya no aplican la
pena de muerte pero aún la mantienen en su legislación
que procedan a su abolición e inste a todos los Estados
que aún no lo han hecho a que ratifiquen el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su
Segundo Protocolo Facultativo, destinado a abolir la
pena de muerte
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