Un compromiso inequívoco

con los derechos humanos

 

Amnistía Internacional ha aprovechado que hoy se celebra la elección de integrantes de la Mesa del 61º periodo de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU (en adelante la Comisión) para pedir a los gobiernos que, en su preparación para el próximo periodo de sesiones, tomen buena nota de las conclusiones del Grupo de alto nivel sobre las amenazas, los desafíos y el cambio. Los miembros de la Comisión deben actuar ya para restablecer la credibilidad y profesionalidad de la Comisión. La organización de derechos humanos ha pedido a los miembros que dejen de aplicar criterios distintos a la hora de tratar las violaciones de derechos humanos, que demuestren un verdadero compromiso con estos derechos y que mejoren la pericia en materia de derechos humanos de las delegaciones que envían a la Comisión.

 

Amnistía Internacional ha solicitado a los miembros de la Comisión representados en la Mesa, así como a los miembros restantes, que demuestren su compromiso inequívoco con la promoción y protección de los derechos humanos adoptando medidas sustantivas en el ámbito nacional e internacional.

 

La organización solicita a los miembros de la Comisión que adopten las siguientes medidas en el ámbito internacional:

 

  • garantizar que una función básica de la Comisión es la promoción y protección de los derechos humanos en países individuales de todas las regiones;

 

  • establecer criterios y procedimientos objetivos y transparentes para el examen por parte de la Comisión sobre la situación de los derechos humanos en países individuales. Tales criterios y procedimientos deben inspirarse en la pericia de la alta comisionada de la ONU para los Derechos Humanos y su Oficina y tomar en cuenta las recomendaciones formuladas por los procedimientos especiales y los órganos de vigilancia de los tratados de derechos humanos, así como el hecho de que un país no colabore con los mecanismos de derechos humanos de la ONU;

 

  • crear un sistema eficaz de vigilancia y evaluación del cumplimiento por parte de los gobiernos de las resoluciones y recomendaciones de la Comisión y sus procedimientos especiales, a fin de aumentar su rendición de cuentas en relación con su respeto de los derechos humanos;

 

  • apoyar que se destine una partida adecuada del presupuesto regular de la ONU a financiar el programa de derechos humanos, para que las resoluciones y decisiones de la Comisión se puedan aplicar en su totalidad y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos pueda apoyar debidamente las actividades de los procedimientos especiales y los órganos de vigilancia de los tratados.

 

En el ámbito nacional, las medidas adoptadas por cada Estado deben incluir:

 

  • cursar una invitación permanente a los procedimientos especiales de la Comisión y ejecutar sin dilación sus peticiones de visita;

 

  • cumplir íntegramente y sin demora las recomendaciones formuladas por los procedimientos especiales;

 

  • dar una respuesta completa y puntual a los llamamientos urgentes y las cartas de denuncia general de los procedimientos especiales;

 

  • ratificar los tratados de derechos humanos de la ONU y retirar las reservas formuladas;

 

  • garantizar la aplicación plena y efectiva en el ámbito nacional de los tratados de derechos humanos en los que el Estado es parte, lo que incluye poner en marcha un plan nacional de acción destinado a la aplicación de esos tratados;

 

  • entregar puntualmente informes periódicos a los órganos de vigilancia de los tratados y aplicar íntegramente y sin demora sus recomendaciones;

 

  • atender sin dilación a las solicitudes formuladas por los órganos de vigilancia de los tratados para que se tomen medidas cautelares en relación con comunicaciones individuales.

 

Amnistía Internacional anima a los gobiernos a que informen a la Comisión sobre sus iniciativas para promover y proteger los derechos humanos en el ámbito nacional en las declaraciones que hagan durante la Serie de sesiones de Alto Nivel de la Comisión.

 

 

Convenio La Insignia / Rel-UITA

Amnistía Internacional

19 de enero de 2005

 

 

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