-¿Cuál
es tu opinión sobre esta decisión del
Congreso de Guatemala?
-Ese país es signatario de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, más conocida como
“Pacto de San José”, en cuyo artículo 4
se establece claramente que los países
que -como Guatemala- tuvieron
activa la pena de muerte y la
suspendieron no pueden volver a
utilizarla. Esta Convención no es
opcional, por eso en su artículo 1 deja
en claro que “Los países signatarios se
comprometen a cumplir los términos de
este Pacto”. Es un compromiso. Se trata
de una violación gravísima a los
términos de esta Convención, y el caso
puede terminar en la Corte
Interamericana de Derechos Humanos,
porque en pleno siglo XXI volver a la
pena capital es un retroceso abismal.
-¿Por qué?
-Porque ya se sabe que esta pena no resuelve absolutamente
nada desde el punto de vista de la
prevención criminal. Antes bien, existen
estadísticas muy confiables que prueban
lo contrario. Pongamos un ejemplo:
cuando Austria abolió la pena de
muerte, la cantidad de delitos cometidos
y que antes eran castigados con la pena
capital disminuyó sensiblemente. Las
estadísticas lo muestran claramente.
Tomemos las de Estados Unidos,
que son muy confiables; ellas también
coinciden con las de Austria,
pero por la negativa. Esto es, en los
estados donde no existía la pena de
muerte y ésta fue adoptada, la cantidad
de crímenes pasibles de ser castigados
con la pena capital aumentó. Se pueden
tomar las estadísticas de otros países
europeos, y todas mostrarán que la
aplicación de la pena de muerte no
resultó en una disminución de los
crímenes cometidos.
Es sabido que en Estados Unidos, cuando se hace
inminente la aplicación de la pena
capital en un caso concreto, ocurre una
sobreexposición mediática del condenado.
En ese período aumenta el número de
crímenes brutales. Una comisión
interdisciplinaria que analizó este
punto, encontró que la “atención” de la
prensa alrededor de estos casos
estimulaba a un rango de personas con
ciertos disturbios mentales a la
emulación del criminal. Muchos cometen
crímenes que son castigados con la
muerte para recibir la misma atención de
los medios. La pena de muerte, por
tanto, es completamente inocua para la
prevención y/o disminución de la
cantidad de delitos cometidos. No es una
pena disuasiva.
-Además, siempre cabe la posibilidad del
error.
-Ese aspecto es esencial, porque para defender la existencia
de una pena con características de
irreversible como ésta, deberíamos tener
la absoluta certeza de que disponemos de
tribunales infalibles. También de una
Policía altamente confiable; pero la
realidad es que en Guatemala la Policía
está muy poco capacitada y se ve
afectada por una profunda corrupción. La
inocencia o la culpabilidad, en estas
condiciones, depende mucho más del
dinero, de las influencias o de los
prejuicios que de una investigación
objetiva.
Por otra parte, y aunque el reo sea culpable, en mi opinión
la aplicación de la pena de muerte
transforma al Estado en una institución
criminal, porque no hay ninguna razón de
Estado que pueda justificar el asesinato
oficial.
La mayor parte de las veces quienes comenten crímenes
aberrantes son enfermos mentales, y en
ese caso lo que se precisa es atención
sanitaria.
En nuestra América Latina, además, la pena de muerte
se ha utilizado invariablemente para
borrar del escenario a los adversarios
políticos.
-Es cuando más se ha utilizado, oficial
y extraoficialmente…
-Sobre todo extraoficialmente. Pero además, en ningún país
tampoco dejaron de actuar las mafias, el
crimen organizado, por la amenaza de la
aplicación de la pena de muerte. No hay
delito que sea prevenido con esa pena, y
sin embargo eleva la muerte al rango de
justicia impartida, lo que configura una
verdadera aberración ética.
-¿Cuál es la tendencia en el mundo con
respecto a este tema?
-La tendencia es a la erradicación total, porque casi todos
entendieron su absoluta ineficacia.
-¿Cuál puede ser entonces la motivación
de estos legisladores en Guatemala?
-Tengo entendido que se trata de parlamentarios de derecha y
de ultraderecha. Las razones siempre son
las mismas para muchas cosas: intereses
políticos, electorales o patrimoniales.
Es obvio que en Guatemala, si se
llega a su aplicación, la pena capital
recaerá sin excepciones sobre personas
pobres, casi indefensas, porque los
criminales ricos pueden pagar los
mejores abogados que los librarán de esa
suerte. Es una concepción retrasada,
fuera del tiempo. La pena de muerte será
una extensión de la discriminación
económica y social en un país donde la
injusticia es casi infinita.