El
Coronel uruguayo Manuel Cordero, preso en Porto Alegre,
intentó entorpecer su extradición a Argentina. Arguyó
estar indultado por el Decreto Nº 1003 otorgado por el
ex presidente argentino Carlos Menem. El líder del
Movimiento de Justicia y Derechos Humanos,
Jair
Krischke,
aclaró
a la Justicia que aquel indulto fue declarado
inconstitucional en 2005.
La
defensa del coronel retirado Manuel Cordero,
preso en Porto Alegre a la espera de su extradición a la
Argentina, intentó una nueva "chicana
jurídica" esta semana cuando alegó que el militar
uruguayo había sido indultado por un decreto del
gobierno del presidente Carlos Menem.
El
intento dilatorio tuvo una inmediata respuesta del líder
del Movimiento de Justicia y Derechos Humanos (MJDH),
Jair Krischke, quien presentó una nota al
ministro Marco Aurelio de Mello
del Supremo Tribunal Federal en la que explicó que aquel
indulto fue luego declarado inconstitucional.
Marco Aurelio de Mello,
ministro del máximo órgano de justicia de Brasil,
está a cargo de la extradición Nº 974 por la que el
torturador es requerido por el juez federal argentino
Guillermo Montenegro, quien lo acusa de
crímenes de lesa humanidad durante la represión conocida
como Plan Cóndor.
Krischke es el activista de derechos humanos que
descubrió a Cordero en la ciudad de Santana do
Livramento en 2005, luego de que el represor se fugara
de Uruguay para evitar un juicio de "desacato
por ofensa" iniciado por un juez penal al que
Cordero había recusado en una causa por apología de
la tortura.
El alegato de Cordero
Cordero, quien había sido internado en un centro de
rehabilitación cardíaca luego de sufrir una
descompensación durante su detención en la sede de la
Policía Federal de Rio Grande do Sul, presentó
documentación sobre el Decreto 1003 con el que Menem
le había indultado el 6 de octubre de 1989. Sin embargo,
su defensa tuvo el obvio olvido de aclarar que aquel
indulto fue anulado por una resolución de la Corte
Suprema de Justicia argentina, en el mismo marco en el
que se declararon inconstitucionales y se derogaron las
llamadas leyes de Punto Final y Obediencia Debida.
El
indulto de Menem, que incluía a otros represores
como a miembros de organizaciones guerrilleras
argentinas, sólo incorporaba a los militares uruguayos
Cordero,
José Nino Gavazzo, Jorge
Silveira y al policía Hugo Campos
Hermida, para evitar su condena en la causa federal
Nº 42.335.
Los
tres militares y el policía uruguayos habían sido
procesados en ausencia por su participación en los
secuestros, torturas y desapariciones ocurridos en el
centro clandestino de torturas Automotores Orletti
en 1976, denunciados por el sobreviviente Enrique
Rodríguez Larreta Piera.
El escrito de Krischke
En su
nota al ministro Marco Aurelio de
Mello, Jair Krischke incluyó la
sentencia judicial de la Corte de Justicia argentina por
la que se anuló el decreto para permitir que el juez
Guillermo Montenegro continuara su actuación
en la Causa Nº 13.445/1999 por la que pidió la
extradición.
La
declaración de inconstitucionalidad de los indultos que
Menem otorgó a los torturadores uruguayos, fue
iniciada por la Sala 1 de la Cámara Federal de Justicia
argentina el 1º de abril de 2005, con el argumento de
que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles
e
inamnistiables
.
En la
sentencia del 25 de julio de 2006 se subrayó que el
indulto era contrario a la Constitución argentina y al
derecho internacional, y que con el decreto de Menem
se pretendía renunciar a la búsqueda de la verdad y el
derecho a una investigación judicial imparcial y
exhaustiva.
El
pronunciamiento judicial concluía que el indulto Nº 1003
"constituye uno más de los engranajes tendientes a
consagrar el mecanismo de impunidad", y sentenciaba la
nulidad del acto de gobierno para retrotraer la
situación procesal de los militares uruguayos al momento
anterior al decreto.
Roger Rodríguez*
12 de
abril de 2007
* Tomado
del diario La República, 11 de abril de 2007,
Montevideo, Uruguay