La
Corte Suprema de Chile puso la lápida a la ley de amnistía
impuesta por el ex dictador Augusto Pinochet para proteger a
los represores, al considerarla inaplicable en los delitos
de secuestro, informaron fuentes judiciales.
En un fallo unánime, la Sala Penal del máximo tribunal
chileno desestimó los recursos de la defensa del general
retirado Manuel Contreras y le confirmó una condena a doce
años de prisión por el secuestro calificado (desaparición),
en 1975, del sastre y miembro del Movimiento de Izquierda
Revolucionaria (MIR) Miguel Ángel Sandoval.
El fallo fue considerado "histórico" por abogados de
derechos humanos y por familiares de las víctimas, pues
establece una jurisprudencia sobre todos los casos de
derechos humanos que se tramitan en los tribunales del país.
La elaboración del dictamen estuvo precedida de al menos
cuatro reuniones entre los integrantes de la Sala, así como
consultas relacionadas con la ley de Amnistía y con la
teoría del secuestro calificado.
El fallo supone además un duro golpe a la presidenta del
Consejo de Defensa del Estado (Fiscalía), Clara Szczaranski,
que siendo parte querellante en el caso, defendió la
aplicación de la amnistía, sobre la base de que el delito de
secuestro no puede mantenerse de manera permanente en el
tiempo y que la calificación de los hechos debía cambiarse a
homicidio.
En ese caso, es posible, según Szczaranski, aplicar la
amnistía o las normas sobre prescripción de los delitos.
El criterio del tribunal, basado en la legislación
internacional sobre crímenes de lesa humanidad, es que el
secuestro permanece mientras no aparezca la víctima o su
cadáver, sin que puedan aplicarse amnistía o prescripción.
El proceso sobre la desaparición de Miguel Ángel Sandoval
fue llevado por el juez especial Alejandro Solís, quien
condenó en abril de 2003, a 15 años de prisión a Manuel
Contreras, antiguo jefe de la DINA, la policía secreta de la
dictadura (1973-1990).
El juez impuso la misma pena al ex brigadier Marcelo Moren
Brito y condenó a diez años a Miguel Krassnoff y a cinco
años a Fernando Laureani y Gerardo Godoy cinco años y un
día.
Posteriormente, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó
las penas, pero rebajó a doce años las correspondientes a
Contreras y Moren Brito.
Tras conocerse el fallo, Lorena Pizarro, presidenta de la
Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD),
se declaró "muy contenta" y subrayó que la amnistía "es una
ley espuria, un auto perdón que se dictó Augusto Pinochet".
Agregó que el fallo, "es un gran revés para la presidenta
del Consejo de Defensa del Estado (Clara Szczaranski) "y lo
que corresponde ahora es su dimisión".
Una vez que el juez Alejandro Solís notifique del fallo a
los condenados y dicte el "cúmplase" del mismo, Contreras y
sus colaboradores serán llevados a la cárcel de alta
seguridad de Punta Peuco, a 35 kilómetros al norte de
Santiago.
El ex jefe de la DINA ya cumplió en ese recinto una
sentencia de siete años como autor intelectual del asesinato
del ex canciller Orlando Letelier, perpetrado en Washington
en 1976.
EFE
18 de noviembre
de 2004