Ocho de los 20 países
que lo han hecho posible son iberoamericanos: Argentina,
Bolivia, Costa Rica, España, Honduras, México, Paraguay y
Uruguay.
El 22 de
junio de 2006 entró en vigor el Protocolo Facultativo de la
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles,
Inhumanos o Degradantes. La Coalición de ONG Internacionales
contra la Tortura (CINAT*) desea felicitar a los siguientes
Estados, que han permitido que se produzca este hecho
trascendental al ser los primeros 20 Estados que han
ratificado el protocolo: Albania, Argentina, Bolivia, Costa
Rica, Croacia, Dinamarca, España, Georgia, Honduras,
Liberia, Maldivas, Malí, Malta, Mauricio, México, Suecia,
Paraguay, Polonia, el Reino Unido y Uruguay.
El
Protocolo tiene por objeto prevenir la tortura y otros
tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes mediante el
establecimiento de un sistema de visitas periódicas a todos
los centros de detención. Estas visitas serán realizadas por
"mecanismos nacionales de prevención" que los Estados partes
se comprometen a establecer o designar, y por un nuevo
órgano experto internacional, el Subcomité para la
Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles,
Inhumanos o Degradantes.
Las visitas
periódicas y sin restricciones a centros de detención
constituyen una parte importante de una estrategia general
efectiva para prevenir la tortura y otros malos tratos. Las
visitas realizadas por órganos independientes no sólo tienen
un efecto disuasorio, sino que también permiten que los
expertos examinen de primera mano el trato que reciben todas
las personas privadas de libertad y las condiciones de
reclusión, formulen recomendaciones para introducir mejoras
y vigilen su cumplimiento. Las visitas también permiten a
los detenidos mantener un valioso contacto con el mundo
exterior.
El
Protocolo es un instrumento innovador en tres aspectos. En
primer lugar, proporciona una combinación de órganos de
vigilancia nacionales e internacionales que trabajan de
forma conjunta. En segundo lugar, a diferencia de los
mecanismos existentes la ONU, el Subcomité y los mecanismos
nacionales de prevención no necesitan una invitación para
realizar visitas; los Estados que ratifican el Protocolo
deben aceptar las visitas de estos órganos sin necesidad de
dar su consentimiento previo y trabajar con ellos para
cumplir sus recomendaciones. En tercer lugar, el Subcomité
tiene el mandato de asesorar y ayudar tanto a los Estados
partes como a los mecanismos nacionales de prevención.
La entrada
en vigor del Protocolo es especialmente importante en un
momento en el que el azote de la tortura sigue sin
disminuir. Algunos Estados no sólo participan o son
cómplices en actos de tortura o malos tratos en la práctica,
sino que también tratan de eludir o debilitar garantías
legales fundamentales históricas que protegen los derechos
de todas las personas privadas de libertad frente a la
tortura y los malos tratos.
Ahora que
el Protocolo ha entrado en vigor, se establecerá el
Subcomité y los Estados partes disponen de un año para crear
o designar sus mecanismos nacionales de prevención. En
consecuencia, los Estados partes deben considerar seriamente
el cumplimiento del Protocolo.
La CINAT pide a todos los Estados partes de la Convención
contra la Tortura de la ONU que ratifiquen e implanten su
Protocolo con carácter urgente. Los Estados que aún no han
ratificado la Convención contra la Tortura de la ONU deben
hacerlo y dar prioridad a la firma y ratificación del
Protocolo.
La CINAT insta a todos los Estados partes del Protocolo a que
garanticen que las personas elegidas como miembros del
Subcomité poseen la independencia y los conocimientos
adecuados para permitir que el Subcomité cumpla su mandato y
haga una contribución positiva a la protección de todos los
detenidos.
La CINAT pide a todos los Estados miembros de la ONU que
garanticen la asignación de recursos suficientes para
permitir que el Subcomité funcione efectivamente.
La CINAT pide a todos los Estados, organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales y a otras
entidades públicas y privadas que hagan contribuciones al
Fondo Especial creado por el Protocolo.
La CINAT pide a todos los Estados partes que establezcan
mecanismos nacionales de prevención efectivos e
independientes.
Convenio La Insignia / Rel-UITA
23 de junio de 2006
* Organizaciones miembros
de la CINAT: Amnistía Internacional (AI), Asociación para la
Prevención de la Tortura (APT), Comisión Internacional de
Juristas (CIJ), Federación Internacional de ACAT (Acción de
los Cristianos para la Abolición de la Tortura) (FIACAT),
Consejo Internacional de Rehabilitación para Victimas de la
Tortura (IRCT), Redress Trust (REDRESS) y la Organización
Mundial contra la Tortura (OMCT).
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