Mujeres sin abogados
La
población rural no tiene acceso a la justicia |
Sixta
tiene 26 años y vive con su esposo Cirilo en la ciudad de Santo Tomás,
provincia de Chumbivilcas, departamento de Cuzco. Se encuentra llorando
cerca del fogón de su casa, pues su esposo, en completo estado de ebriedad,
acaba de golpearla una vez más cuando ésta le reclamó por llegar de
madrugada a casa y haberse gastado la plata del diario.
Una costilla fracturada y
el tabique roto es el resultado que arroja el examen de reconocimiento
médico que le han practicado. En la Defensoría Municipal del Niño y del
Adolescente (DEMUNA) le han dicho que no resuelven este tipo de casos, pues
hay delito y ellos sólo concilian. Cuando fue a la comisaría, le dijeron que
sin un abogado difícilmente podrá defenderse, conseguir justicia y una
sanción efectiva a Cirilo.
El problema es que no tiene dinero para pagar un abogado, pues no
trabaja. Tampoco tiene muchas posibilidades de conseguir trabajo, pues es
analfabeta. Sus padres la sacaron del colegio, pues siguiendo una anacrónica
y repudiable costumbre, prefirieron gastar en colegio en sus hijos varones
antes que en ella, total, decían, si igual será ama de casa.
Preguntando por ahí, se ha
enterado de que existen abogados de oficio en materia de violencia familiar
pagados por el Estado que brindan defensa legal gratuita a las personas que
no tienen dinero. Sin embargo, triste se puso su cara cuando le dijeron que
estos abogados de oficio sólo existían en la capital de departamento, es
decir, en la ciudad de Cuzco, a 10 horas de viaje en carro. Esto quiere
decir que en las otras 12 provincias de Cuzco, no hay abogado de oficio en
materia de violencia familiar.
Sixta, consternada porque
todas las puertas se le cierran, sin dinero, con pocas posibilidades de
trabajar, analfabeta y sin entender este sistema de justicia que sólo genera
injusticias, no tiene otra opción; tendrá que continuar viviendo en su casa
y seguir soportando los maltratos y golpes de su esposo a su persona y a sus
hijos, gracias a la indolencia de un sistema de justicia, que olvida que
según el artículo 44° de la Constitución, la razón de ser del Estado es
proteger los derechos de las personas y que según el artículo 1° del mismo
texto, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado.
El problema de fondo es muy
sencillo. En el Perú hay 308 abogados de oficio y sólo están en las
capitales de departamento, en las sedes de las Salas Descentralizadas, y en
algunas capitales de provincias, pero no en los miles de distritos a lo
largo del territorio peruano. Para tener una idea de la responsabilidad
que le corresponde al Estado en esta materia, en Colombia existen más de
1.136 abogados de oficio, cantidad aún insuficiente. En otras palabras,
sólo tienen derecho en los hechos a abogado de oficio en el Perú, las
personas que viven en las ciudades. Otra vez,
la población rural no tiene
acceso a la justicia. Parece que no contaran o no existiesen para el sistema
de justicia. La pobreza los invisibiliza. Lo que sí queda claro, es que los derechos fundamentales
reconocidos en la Constitución y en decenas de declaraciones e instrumentos
de protección internacional de los derechos humanos, firmados y ratificados
por el Estado peruano, nada tienen que ver con la suerte de millones de
mujeres del campo que sufren a diario violencia familiar en su propio
cuerpo.
La situación de indefensión
de las mujeres víctimas de violencia familiar del campo, es total y
absolutamente incompatible con una Constitución Política que reconoce en su
artículo 139º inciso 8, el "principio de la gratuidad de la administración
de justicia y de la defensa gratuita para las personas de escasos recursos;
y, para todos, en los casos que la ley señala", y con el artículo 139 inciso
14, cuando establece que nadie puede "ser privado del derecho de defensa en
ningún estado del proceso".
Como podemos ver, el
sistema de justicia no ha dicho nada sobre qué hacer cuando no existen
abogados de oficio, situación que ocurre en las zonas rurales del Perú donde
vive cerca del 30% de la población nacional.
Estaríamos entonces ante
una violación "masiva" del derecho a la igualdad y a la no discriminación
ante la ley de miles de mujeres campesinas víctimas de la violencia familiar
por razón económica, social y de sexo. Según este derecho, reconocido en el
artículo 2 inciso 2 de la Constitución, "Nadie debe ser discriminado por
motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica
o de cualquiera otra índole".
Ciertamente, ésta no es
solo una realidad de las mujeres del campo víctimas de violencia familiar,
sino de todas aquellas personas que participan en un proceso judicial y no
tiene recursos económicos. No obstante ello, la indefensión de las mujeres
víctimas de violencia familiar es más patente y grave, como consecuencia de
su elevada vulnerabilidad de derechos. Asimismo,
si bien la indefensión es
más intensa con la población del mundo rural, esto no quiere decir que no
exista indefensión en las ciudades, en aquellos sectores que se encuentran
en situación de pobreza y extrema pobreza.
Ahora que todos hablan de
acceso a la justicia, y que se acaba de aprobar una ley para asegurar una
adecuada defensa legal a los efectivos militares procesados por la comisión
de graves violaciones a los derechos humanos, resulta penoso constatar cómo
algunas personas valen más que otras o merecen más atención que otras. Esta
actitud es incongruente con una Constitución política que impone a todos los
funcionarios públicos, pero con mayor intensidad a los operadores del
sistema de justicia, una obligación de "acción positiva" de defensa y tutela
de los derechos de las personas.
Mientras no cerremos esta
trágica y escandalosa brecha entre el sistema de administración de justicia
y la población rural, donde viven miles de compatriotas, cualquier
posibilidad de futuro y desarrollo será imposible. Tenía razón la CERIAJUS
cuando decía que había que caminar hacia un modelo de justicia inclusiva. Se
necesita incluir a millones de peruanos en el sistema de defensa y
protección de los derechos fundamentales. ¿Hasta cuándo habrá que esperar?
Parece que las costillas
rotas de Sixta nada tienen que ver con las preocupaciones el Estado.
Juan Carlos Ruíz Molleda
Convenio
Rel-UITA / La Insignia
22 de
noviembre de 2006
FOTO: katari.org