GUATEMALA
Otra vez Coca-Cola Guatemala
Nuestra afiliada, la Federación Sindical de Trabajadores de la Alimentación, Agroindustrias y Similares de Guatemala (FESTRAS) nos envía el siguiente comunicado sobre la situación conflictiva existente en Embotelladora Central S.A. (EMBOCEN) subsidiaria en Guatemala del Grupo Panamco, una de las "mega-embotelladoras" de la transnacional Coca-Cola. |
Los personeros de EMBOCEN-PANAMCO plantearon verbalmente y por escrito en boletines al interior de la Empresa que con la actual directiva sindical era imposible trabajar, creando con esto las condiciones para una relación difícil entre Empresa y Sindicato.
El Sindicato interpreta esta campaña como un intento de dividir a los trabajadores. Claramente se trata de interferir en la política interna del Sindicato, planteando la existencia de sindicalistas buenos y sindicalistas malos. Sin lugar a dudas, el objetivo es generar polarización entre los trabajadores y disminuir la capacidad negociadora de sus representantes. Hasta la fecha esta política ha fracasado, pues los trabajadores se mantienen unidos en apoyo a su Junta Directiva.
En las negociaciones que se han realizado para tratar de encontrarle solución a la problemática generada por la actitud de la Empresa, los personeros de EMBOCEN-PANAMCO usan sistemáticamente la táctica de hacer planteamientos que alejan cada vez más las posibilidades de solución. Después de discutir sus propias propuestas, regresan planteando otras nuevas, cada vez menos aceptables. Consideramos que esto no es negociar de buena fe. Recientemente han planteado ante las autoridades administrativas del trabajo y al interior de la Empresa que harán responsables a los directivos sindicales de los efectos que ocasione el conflicto, cuando estos efectos son el resultado de su relación con los trabajadores.
La Empresa ha violado el Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo, entre otros puntos, no pago de las prestaciones contenidas en el Pacto, tales como ajustes de salarios y ajustes de comisiones por malos cálculos, despidos (ilegales) durante la suspensión del contrato de trabajo por enfermedad.
El ataque mayor a la norma que rige las relaciones laborales en la Empresa, es incumplir los procedimientos establecidos en el Pacto Colectivo para el funcionamiento de la Comisión Paritaria y tratar de imponer decisiones unilaterales, dando por agotada de manera antojadiza la discusión de los temas. Ha llegado incluso, a querer imponer que se acepte como efectuada una reunión de Comisión Paritaria que no concluyó, en la que los representantes patronales tomaron la decisión unilateral de despedir a dos trabajadores que habían incurrido en faltas.
En discusiones posteriores, han pretendido modificar el procedimiento que rige la Comisión Paritaria planteando un nuevo procedimiento, con términos que limitan la discusión a aquellos puntos que solamente interesen a la Empresa. Cuando se les ha planteado que estos términos se apliquen de manera equitativa, presentan posiciones que hacen imposible llegar a un acuerdo, ya que su aceptación implicaría renunciar a los derechos que otorga la Constitución Nacional, el Código de Trabajo y el propio Pacto Colectivo.
El peligro de la violación a la normativa que rige la Comisión Paritaria, es que dejan a los trabajadores y a la Empresa sin un mecanismo efectivo de solución de los conflictos, el cual ha funcionado normalmente por muchos años. Sin este mecanismo, se están generando las bases para conflictos mayores.
Los Antecedentes |
Con fecha 12 de abril del 2000, la Secretaría Regional dirigió el siguiente mensaje a la gerencia de EMBOCEN:
Estamos en conocimiento de la situación conflictiva existente en su representada y, sobre el particular quiero hacerle llegar nuestros comentarios.
EMBOCEN entendió que correspondía el despido por faltas graves de los operarios Cristian Urbina y Esteban Osorio, frente a lo cual el Sindicato planteó que el caso debía tratarse, de acuerdo a lo establecido en el Pacto Colectivo de Trabajo, en la Junta Paritaria. No obstante, la Empresa pretende aplicar el despido en forma unilateral. La posición del Sindicato es que no niega la gravedad de las faltas cometidas por las mencionadas personas, pero exige que su análisis y las sanciones correspondientes se apliquen utilizando los mecanismos establecidos en el Pacto.
La posición del Sindicato llevó a que EMBOCEN por su intermedio recurriera ante el Inspector General de Trabajo, donde luego de las generales de la ley usted textualmente expresa: "El nuevo Secretario General y demás miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de Embotelladora Central S.A., que tomaron posesión de sus cargos en el mes de enero recién pasado, son sindicalistas de línea dura y destructiva…".
Ignoro cuál será la reacción del Inspector General y del propio Ministro de Trabajo y Previsión Social frente a tan grave e improcedente acusación, por mi parte y en nombre de la UITA (a la cual el Sindicato es afiliado) quiero transmitirle, junto a nuestro rechazo a su contenido, las consideraciones que la misma me merece:
a) Guatemala ha ratificado los Convenios 87 y 98 de la OIT, este último en su Artículo 2 establece que: "Las organizaciones de trabajadores y empleadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de las otras …". Como usted mismo reconoce, el nuevo Comité Ejecutivo asumió sus funciones el pasado 1º de enero, por lo tanto, calificar a las nuevas autoridades como usted lo hace, sin que haya existido una sola paralización de tareas en los tres meses transcurridos atribuible al Sindicato, constituye una clara injerencia, un agravio gratuito y una provocación innecesaria.
b) Mientras tanto EMBOCEN, sin que el Sindicato hasta ahora haya calificado a sus representantes en los términos agraviantes que usted utiliza, se esfuerza por desconocer el Pacto Colectivo vigente. Tal el caso de la licencia por matrimonio, donde se conceden los cinco días de licencia establecidos pero negando el pago de los salarios correspondientes y donde tampoco se cumple con la entrega de las 15 cajas de refrescos estipuladas. O el caso de los beneficios por maternidad, el Pacto anterior contemplaba tres días de licencia pagos (que se mantiene y se cumple) y la entrega de una bañera (con una serie de artículos para el recién nacido) que fue cambiado en el Pacto actual por la suma de Q. 800,00 obligación que EMBOCEN se niega a cumplir.
En nuestra opinión, el camino de la descalificación y provocación, a los cuales se suman procedimientos que creíamos desterrados de Guatemala, como el de ofrecer a las autoridades "fotografías y videos en relación a todas las acciones u omisiones que se cometan" no contribuye a generar el ambiente de mutua confianza y respeto que deben primar en las relaciones laborales.
Con la confianza en que la actual situación puede revertirse en la medida en que ambas partes acepten los procedimientos establecidos en el Pacto Colectivo, e informándole que seguiremos atentos la evolución de la situación, dispuestos a brindar toda la solidaridad internacional a nuestro alcance al STECSA, hago propicia la oportunidad para saludarlo muy atentamente.
El comunicado de FESTRAS y la carta de la Secretaría Regional anteriormente transcriptas, son suficientes para ilustrar sobre las provocaciones de la dirección de la Empresa, la injerencia de la misma en la autonomía sindical y la condenable y confesada práctica de fotografiar y filmar las supuestas acciones u omisiones que se cometan por parte de los trabajadores. Procedimiento lamentablemente y generalmente ilegal utilizado por los servicios de información policiales; inadmisible y condenable, cuando sus autores son, al mismo tiempo, responsables de las relaciones laborales en una empresa.
¿Qué pueden ustedes hacer? |
1) Con el fin de evitar que este conflicto se siga agravando (como parece ser el objetivo de la Empresa) e impedir que estas prácticas se extiendan a los otros países donde PANAMCO cuenta con subsidiarias, enviar mensajes de protesta a:
Sr. Carlos Eduardo Trigueros - Gerente General de EMBOCEN - Fax: (502) 442 38 79/ 442 38 89
2) Remitir copias de vuestro mensaje a:
Lic. Juan Francisco Alfaro - Ministro de Trabajo y Previsión Social. - Fax: (502) 230 13 63
Sr. Doug Daft, Coca-Cola Iteramerican Co. - Fax: (1404) 676 67 92
PANAMCO - Fax: (525) 201 63 37
FESTRAS - Fax: (502) 251 80 91/253 72 68, Correo Electrónico: festras@infovia.com.gt
Rel-UITA - uita@rel-uita.org
3) Permanecer atentos a la evolución de la situación, sobre la cual esta Secretaría Regional los mantendrá informados.
Enildo Iglesias
8 de junio de 2000
UITA - Secretaría Regional Latinoamericana - Montevideo - Uruguay
Wilson Ferreira Aldunate 1229 / 201 - Tel. (598 2) 900 7473 - 902 1048 - Fax 903 0905