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Guatemala

STECSA

Sindicato de Trabajadores de Embotelladora Central Sociedad Anónima

(Coca Cola Guatemala)

 

A la comunidad nacional e internacional

 

1.      Que el conflicto laboral que se desarrolló con la corporación PANAMCO, empresa Ancla en Latinoamérica y subsidiaria de Coca Cola Internacional, dueña de Embotelladora Central, Sociedad Anónima, EMBOCEN, derivado de la negociación de Pacto Colectivo de Condiciones de trabajo (con vigencia del 1 de marzo del 2001 al 28 de Febrero del 2003) culminó a las 2:00 horas del día 19 de Diciembre del año 2002, habiendo iniciado la ultima reunión el día anterior a las 9:00 horas.

2.      Que durante los 22 meses de conflicto laboral para defender los derechos adquiridos en Pactos Colectivos anteriores, STECSA desarrollo una lucha intensa en diversos niveles: en la vía directa -en la cual finalmente alcanzamos un acuerdo- en la vía administrativa -ante el Ministerio de Trabajo- y en los tribunales de trabajo en donde fue integrado un Tribunal de Conciliación. Durante este proceso se evidencio claramente que es el poder del capital el que dicta las resoluciones.

3.      Que para proteger nuestros derechos y libertades y debido a la parcialidad de las recomendaciones del Tribunal de Conciliación, a los trabajadores nos quedo como única alternativa la de solicitar ante dicho tribunal que declarara la legalidad de la huelga (la que considerábamos justa), que únicamente requería el recuento de los trabajadores que la apoyábamos ya que habíamos agotado los otros requisitos legales. Para nosotros era evidente que ganaríamos el recuento porque más del 85% de los trabajadores son afiliados que tenían clara la necesidad de defender nuestros derechos y libertad de asociación. La empresa decidió retrasar este proceso y plantear un recurso de inconstitucionalidad en contra del inciso c) del artículo 241 del Código de Trabajo recientemente reformado. Este párrafo establece que en un recuento no deben votar los trabajadores de confianza de la empresa. Como respuesta, el sindicato interpuso un recurso de nulidad ante la Corte de Constitucionalidad, para defender los derechos e intereses de la clase trabajadora a nivel nacional. A finales de Enero, la Corte de Constitucionalidad rechazo por improcedente el recurso planteado por la empresa.

4.      Acudimos para presentar nuestro caso, al Ministerio de Trabajo, a los Tribunales de Trabajo, a la Corte de Constitucionalidad, así como a la Procuraduría de Derechos Humanos, a la Misión de Naciones Unidas para Guatemala -MINUGUA-, IDHUSAC y otras organizaciones. Asimismo, debíamos realizar las denuncias pertinentes ante la Organización Internacional del Trabajo OIT plenamente conscientes de la trascendencia que implica para el movimiento sindical -nacional e internacional- alcanzar nuestros objetivos.

5.      Agradecemos profundamente a la comunidad nacional e internacional por el apoyo solidario que nos brindaron a lo largo del conflicto, a la vez, les manifestamos que sin su participación, no hubiéramos mantenido la fortaleza que nos permitió concluir con la negociación del Pacto Colectivo vigente del 01 de Marzo del 2001 al 28 de Febrero del 2003.

6.      Ratificamos nuestro compromiso: a) con la lucha que libraron los mártires del STECSA en la década de los años 80 (tanto para aquellos que así son reconocidos oficialmente como para los que dieron su vida por el sindicato y que están en el anonimato), que nos enseñaron el camino, dando su vida y sacrificando la de su familia para que la generación actual y futuras generaciones tengamos la claridad, convicción y valor para defender los derechos e intereses de los trabajadores y del pueblo oprimido. b) con la familia de cada uno de los trabajadores de coca cola, porque con su comprensión, apoyo y sacrificio contribuyeron a defender la dignidad de cada persona y a buscar mejores condiciones de vida obteniendo así un futuro mejor para nuestros hijos y para nuestro país.

7.      Al mismo tiempo que los trabajadores afirmamos continuar trabajando de manera eficiente, reiteramos a Coca Cola Company, a la Embotelladora ancla y a EMBOCEN, nuestra legitima expectativa de que los empleadores respeten plenamente la Constitución y leyes de Guatemala, la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Convenios y tratados internacionales aplicables, y especialmente el Pacto Colectivo de Condiciones de trabajo que tiene carácter de Ley Profesional entre las partes.

8.      Por ultimo, deseamos dejar claro al pueblo de Guatemala que, solamente organizados en sindicato podremos defender adecuadamente nuestros derechos e intereses, que solamente unidos y sobre relaciones fraternas, honestas y respetuosas, los trabajadores lograremos alcanzar la unidad del movimiento sindical y a través de la unidad, luchar por establecer un procedimiento para la resolución de los conflictos colectivos, que sea formal, rápido y efectivo, que arroje como resultado el establecimiento del pleno respeto a la libertad sindical, negociación colectiva y a los derechos fundamentales de cada trabajador y su familia.

 

POR UN SINDICALISMO UNIDO, CLARO, FUERTE Y COMBATIVO;

SINDICATO DE COCA COLA PRESENTE EN LA LUCHA.

 

COMITÉ EJECUTIVO Y

CONSEJO CONSULTIVO

S.T.E.C.S.A.

 

 

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