Guatemala
STECSA
Sindicato de Trabajadores de Embotelladora Central Sociedad Anónima
(Coca Cola Guatemala)
A la
comunidad nacional e internacional |
|
1.
Que el conflicto laboral que se desarrolló con la corporación
PANAMCO, empresa Ancla en Latinoamérica y subsidiaria de Coca Cola
Internacional, dueña de Embotelladora Central, Sociedad Anónima,
EMBOCEN, derivado de la negociación de Pacto Colectivo de
Condiciones de trabajo (con vigencia del 1 de marzo del 2001 al 28
de Febrero del 2003) culminó a las 2:00 horas del día 19 de
Diciembre del año 2002, habiendo iniciado la ultima reunión el día
anterior a las 9:00 horas.
2.
Que durante los 22 meses de conflicto laboral para defender
los derechos adquiridos en Pactos Colectivos anteriores, STECSA
desarrollo una lucha intensa en diversos niveles: en la vía directa
-en la cual finalmente alcanzamos un acuerdo- en la vía
administrativa -ante el Ministerio de Trabajo- y en los tribunales
de trabajo en donde fue integrado un Tribunal de Conciliación.
Durante este proceso se evidencio claramente que es el poder del
capital el que dicta las resoluciones.
3.
Que para proteger nuestros derechos y libertades y debido a
la parcialidad de las recomendaciones del Tribunal de Conciliación,
a los trabajadores nos quedo como única alternativa la de solicitar
ante dicho tribunal que declarara la legalidad de la huelga (la que
considerábamos justa), que únicamente requería el recuento de los
trabajadores que la apoyábamos ya que habíamos agotado los otros
requisitos legales. Para nosotros era evidente que ganaríamos el
recuento porque más del 85% de los trabajadores son afiliados que
tenían clara la necesidad de defender nuestros derechos y libertad
de asociación. La empresa decidió retrasar este proceso y plantear
un recurso de inconstitucionalidad en contra del inciso c) del
artículo 241 del Código de Trabajo recientemente reformado. Este
párrafo establece que en un recuento no deben votar los trabajadores
de confianza de la empresa. Como respuesta, el sindicato interpuso
un recurso de nulidad ante la Corte de Constitucionalidad, para
defender los derechos e intereses de la clase trabajadora a nivel
nacional. A finales de Enero, la Corte de Constitucionalidad rechazo
por improcedente el recurso planteado por la empresa.
4.
Acudimos para presentar nuestro caso, al Ministerio de
Trabajo, a los Tribunales de Trabajo, a la Corte de
Constitucionalidad, así como a la Procuraduría de Derechos Humanos,
a la Misión de Naciones Unidas para Guatemala -MINUGUA-, IDHUSAC y
otras organizaciones. Asimismo, debíamos realizar las denuncias
pertinentes ante la Organización Internacional del Trabajo OIT
plenamente conscientes de la trascendencia que implica para el
movimiento sindical -nacional e internacional- alcanzar nuestros
objetivos.
5.
Agradecemos profundamente a la comunidad nacional e
internacional por el apoyo solidario que nos brindaron a lo largo
del conflicto, a la vez, les manifestamos que sin su participación,
no hubiéramos mantenido la fortaleza que nos permitió concluir con
la negociación del Pacto Colectivo vigente del 01 de Marzo del 2001
al 28 de Febrero del 2003.
6.
Ratificamos nuestro compromiso: a) con la lucha que libraron
los mártires del STECSA en la década de los años 80 (tanto para
aquellos que así son reconocidos oficialmente como para los que
dieron su vida por el sindicato y que están en el anonimato), que
nos enseñaron el camino, dando su vida y sacrificando la de su
familia para que la generación actual y futuras generaciones
tengamos la claridad, convicción y valor para defender los derechos
e intereses de los trabajadores y del pueblo oprimido. b) con la
familia de cada uno de los trabajadores de coca cola, porque con su
comprensión, apoyo y sacrificio contribuyeron a defender la dignidad
de cada persona y a buscar mejores condiciones de vida obteniendo
así un futuro mejor para nuestros hijos y para nuestro país.
7.
Al mismo tiempo que los trabajadores afirmamos continuar
trabajando de manera eficiente, reiteramos a Coca Cola Company, a la
Embotelladora ancla y a EMBOCEN, nuestra legitima expectativa de que
los empleadores respeten plenamente la Constitución y leyes de
Guatemala, la Declaración Universal de Derechos Humanos y los
Convenios y tratados internacionales aplicables, y especialmente el
Pacto Colectivo de Condiciones de trabajo que tiene carácter de Ley
Profesional entre las partes.
8.
Por ultimo, deseamos dejar claro al pueblo de Guatemala que,
solamente organizados en sindicato podremos defender adecuadamente
nuestros derechos e intereses, que solamente unidos y sobre
relaciones fraternas, honestas y respetuosas, los trabajadores
lograremos alcanzar la unidad del movimiento sindical y a través de
la unidad, luchar por establecer un procedimiento para la resolución
de los conflictos colectivos, que sea formal, rápido y efectivo, que
arroje como resultado el establecimiento del pleno respeto a la
libertad sindical, negociación colectiva y a los derechos
fundamentales de cada trabajador y su familia.
POR UN SINDICALISMO UNIDO,
CLARO, FUERTE Y COMBATIVO;
SINDICATO DE COCA COLA
PRESENTE EN LA LUCHA.
COMITÉ EJECUTIVO Y
CONSEJO CONSULTIVO
S.T.E.C.S.A.
|