España

Día internacional de la salud y la seguridad en el trabajo

CCOO pide al Gobierno medidas urgentes en relación al amianto

Un estudio epidemiológico exhaustivo realizado en la Unión Europea revela que el amianto va a causar la muerte de 500.000 personas en los próximos 30 años. 250.000 deberán sucumbir por cáncer de pleura y el resto por cáncer broncopulmonar.

 

 

CARTA A LA MESA DEL CONGRESO

Un estudio epidemiológico exhaustivo realizado en la Unión Europea revela que el amianto va a causar la muerte de 500.000 personas en los próximos 30 años. 250.000 deberán sucumbir por cáncer de pleura y el resto por cáncer broncopulmonar. En él, los datos relativos a España indican que asistimos a una epidemia que va a causar la muerte por cáncer, de 40.000 a 56.000 personas de aquí al 2025. Cataluña, Madrid, Andalucía, Euskadi, la Comunidad Valenciana y Asturias serán los ámbitos territoriales con mayor tasa de mortalidad por cáncer de pleura y pulmón que, principalmente afecta a los trabajadores de la industria naval, fibrocementos, material ferroviario y reparación de automóviles.

Más de dos millones de toneladas de amianto recubren hoy tejados, techos, paredes, tubos de conducción de agua y gas, frenos, embragues. Grandes Almacenes, hospitales, centros de enseñanza y de investigación, barcos, trenes, edificios contienen grandes cantidades de amianto. Existe un Registro de Empresas con Riesgo de Amianto (RERA) que incluye pocos cientos de empresas: no están todas las que son a pesar de ser obligatoria la inscripción para las empresas. Se carece, por tanto, de un necesario registro histórico de empresas y trabajadores expuestos en los últimos treinta años para hacer una vigilancia de la salud específica y un diagnóstico (en su caso) temprano. CC.OO lamenta que ante esta situación los poderes públicos hagan "oídos sordos", resten importancia al problema y se resistan a reconocer la relación entre la exposición al amianto y las enfermedades derivadas.

La Comisión de Sanidad del Congreso aprobó por unanimidad el día 22 de febrero pasado la proposición de ley del Grupo Parlamentario de Izquierda Verde (Izquierda Unida-ICV), iniciativa que ha contado con el apoyo de CC.OO, y que está destinada a tomar medidas para frenar los efectos que produce el amianto en los trabajadores, así como elaborar un programa que permita la gestión, el control y la eliminación de este material tóxico que provoca efectos nocivos en la salud de los trabajadores y las trabajadoras.

En cuanto a los efectos, tradicionalmente ha existido un gran desconocimiento en la Seguridad Social sobre estas patologías, y por lo tanto han sido poco reconocidas. De hecho, en 2003, la Seguridad Social sólo notificó 15 enfermedades profesionales relacionadas con este agente (9 asbestosis y 6 cánceres de pulmón) todas ellas leves y graves, ninguna mortal.


Desde hace más de una década, desde CC.OO, venimos reclamando de la Administración un nuevo Modelo de Enfermedades Profesionales que supere las deficiencias del actualmente vigente desde 1978. Ha sido nuestro objetivo dotarnos de un sistema que en el medio plazo permita visualizar la realidad del daño que sufren los trabajadores y trabajadoras en el desempeño de su actividad laboral para aplicar las medidas preventivas necesarias para evitar que dichos daños se reproduzcan, así como para garantizar los niveles adecuados de protección y cobertura. Un acuerdo recientemente alcanzado en la materia va a permitir poner las bases de un nuevo Sistema de reconocimiento de Enfermedades Profesionales en el ámbito de la Seguridad Social pero teniendo en cuenta sus implicaciones preventivas y el papel que debe jugar el Sistema Público Sanitario.

No obstante aun hoy, en la mayor parte de los casos, no se hace una vigilancia de la salud adecuada ni pruebas diagnósticas específicas de acuerdo a la peculiaridad del riesgo de exposición al amianto, y los procesos de reconocimiento del origen laboral de la asbestosis se judicializan sistemáticamente; así, las Mutuas, como entidades colaboradoras de la Seguridad Social, acuden como expertos periciales en contra de los intereses del trabajador afectado, negando la evidencia científica sobre la relación causa-efecto entre exposición y cáncer, aspecto este sobre el que no cabe ninguna duda en la colectividad científica especializada. El mismo Instituto Nacional de la Seguridad Social ha demostrado poco conocimiento y escasa sensibilidad sobre este importante problema.

Desde los sindicatos mayoritarios hemos pedido a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social la adopción de medidas urgentes para el seguimiento y atención de los trabajadores y trabajadoras enfermas por exposición a amianto, de forma concordante con lo establecido por la proposición no de ley aprobada, tales como:

  • La firma de Convenios Específicos promovidos por la Secretaría de Estado de Seguridad Social entre ésta y las CC.AA, tanto con el área sanitaria (sobre vigilancia de la salud de todo el colectivo de trabajadores expuestos) como con el área de servicios sociales para el correcto apoyo de enfermos y familiares.

  • Instrucciones específicas a las Mutuas (como entidades colaboradoras de la Seguridad Social) para agilizar el reconocimiento de EE.PP profesionales derivadas de la exposición al amianto según quedan recogidas en el nuevo cuadro de EE.PP, rompiendo así la judicialización de los procesos.
     

  • Firma de un Convenio Específico entre Seguridad Social y la Asociación de Sociedades de Prevención (dependientes de las Mutuas de Accidentes de Trabajo) para establecer mecanismos operativos de comunicación entre éstas y la correspondiente entidad colaboradora de la Seguridad Social a los efectos de calificación de EE.PP por exposición a amianto. Según lo contemplado en el artículo 5 del Proyecto de R.D. de EE.PP.
     

  • Firma de un Convenio entre Seguridad Social y la Dirección General de la Inspección de Trabajo con una doble función: agilizar la actuación de ésta en los supuestos de extinción laboral (sin derecho previo a prestación de incapacidad) por incompatibilidad entre el estado de salud del trabajador y el puesto de trabajo, objetivando la viabilidad en la adaptación o cambio de puesto; y agilizar la Resolución de las propuestas de recargo de prestaciones realizadas por la Inspección por exposición de los trabajadores al amianto.
     

  • El Centro Nacional de Referencia previsto en el acuerdo alcanzado con la Secretaría de Estado de Seguridad Social sobre enfermedades profesionales, pondrá especial atención al registro de tumores y patologías asociadas a la exposición al amianto.
     

  • Seguridad Social deberá hacer una propuesta de calendario para abrir la reflexión sobre la viabilidad de aplicar coeficientes reductores en la edad de jubilación de trabajadores expuestos al amianto en su vida laboral, conforme a los criterios y bajo a los parámetros que se determinen en su momento.

Por lo que respecta a la gestión, control y eliminación del amianto, pedimos también a otros ámbitos de las Administraciones Central y Autonómicas que asuman sus responsabilidades al respecto y garanticen:

  • Una evaluación actualizada de la protección de la población y del medioambiente que suponen los trabajos de desamiantado, regulados por el R.D. 396/2006 de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajadores con riesgo de exposición a amianto, y que introduce los cambios oportunos en la línea de la directiva comunitaria 2003/18/CE.
     

  • La adopción de las medidas adecuadas, antes de iniciarse trabajos de seguridad, mantenimiento, reparación o desguace, e adopten las medidas para identificar la presencia de amianto, recabando si es necesario información de los propietarios de los locales, empresarios o constructores.
     

  • La elaboración de un programa de acción de acuerdo con las CC.AA. que permita la gestión, el control y la eliminación correcta del amianto instalado con el fin de evitar cualquier impacto en la salud de los trabajadores, con los registros y procedimientos necesarios para ello.

CC.OO. ha estado a la vanguardia de la lucha contra el amianto desde siempre, antes por su prohibición, ya conseguida, y ahora por una digna compensación moral y económica de las víctimas y sus familias, tanto a nivel social e institucional como legal y en todos los ámbitos posibles. También, desde un punto de vista global, CC.OO ha de defender la prohibición mundial del amianto ante las Organizaciones Internacionales así como la prohibición de la transferencia de riesgos a terceros países.

 

Tomado de www.comfia.info

28 de abril de 2006

  

 

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