La Comisión Interamericana admitió a
trámite la demanda, dice abogado
El sindicato minero denunció al Estado
mexicano ante la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH),
con sede en Washington,
Estados
Unidos,
bajo cargos de violación al debido
proceso legal y en
perjuicio de mil 100 mineros de Cananea,
luego de que el pasado jueves un
tribunal federal mexicano cerró en
definitiva las puertas de defensa que
tenían los trabajadores para conservar
sus empleos, informó el abogado Marco
Antonio del Toro, miembro del equipo
de asesores legales del gremio.
“La
CIDH ya admitió a trámite nuestra demanda contra el Estado
mexicano por el golpe del aparato
político, laboral y judicial mexicanos
contra
Napoleón Gómez Urrutia (líder del sindicato minero) y contra los más de mil mineros
de Cananea; estamos esperando que
la Comisión resuelva el tema de las
medidas cautelares en favor del
sindicato, a fin de que se pueda
mantener bajo resguardo el centro de
trabajo de los mineros”, expuso el
litigante.
En entrevista con La Jornada,
Del Toro recordó que por el momento
ningún cuerpo policiaco o militar puede
desalojar a los mineros de Cananea
que permanecen en huelga, ya que un juez
federal con sede en Sonora concedió una
suspensión provisional en vía de amparo
contra cualquier intento de alguna
autoridad federal de tomar el control de
las instalaciones del yacimiento.
“Se trata de una denuncia directa en la
que estamos diciendo que el Estado
mexicano llevó a cabo una serie de actos
que violan un debido proceso; en un
debido proceso debes ser llamado a
comparecer en un juicio imparcial, lo
cual no ocurrió; debes poder ofrecer
pruebas para tu defensa, lo cual se
hizo, pero de las 50 probanzas que
presentamos ante la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje (JFCA)
nos las desecharon todas; debes poder
alegar en tu favor de manera previa a
que haya una resolución, lo cual no se
nos permitió en el caso de Cananea”,
destacó el abogado.
Añadió que “también señalamos en esta
demanda ante la CIDH algunas
cuestiones de parcialidad de las
autoridades laborales mexicanas, porque
se advierte, con mucha claridad, por
ejemplo, que en una hora con 20 minutos
hayan definido la resolución del laudo
de la JFCA, lo que materialmente
era imposible”.
Lo más importante, expuso, es que “todo
lo que hicieron las autoridades
mexicanas en perjuicio de los mineros de
Cananea riñe con el derecho de
huelga asentado por la Ley Federal del
Trabajo, ya que hace un año había sido
determinada la huelga de Cananea
legal y existente en tres distintas
ocasiones y, de esta manera, el
procedimiento de la junta laboral de
terminación de las relaciones colectivas
e individuales de trabajo viola
directamente uno de los derechos más
elementales en México, que es el
derecho de huelga de los trabajadores”.