Avilés tiene 28 años, casado, dos hijos. Era asesor de
Ventas de Coca Cola FEMSA y miembro activo del Sindicato
Único de Trabajadores (SUT). Un accidente laboral afectó muy
seriamente su columna vertebral y tuvo que ser sometido a
tres cirugías. Ahora aguarda una cuarta operación. Después
de 18 meses de subsidio la empresa decidió despedirlo,
violando normas jurídicas nacionales e internacionales.
Ahora está luchando para ser reintegrado a un puesto de
trabajo de acuerdo a su incapacidad parcial permanente, como
lo establece el Código del Trabajo de Nicaragua. SIREL
conversó con él para conocer su historia.
Rolando Calero
aparece en la cancha de béisbol de la empresa con su camiseta roja que lleva
el logo de Coca Cola.
Llega para participar en la asamblea organizada por el sindicato donde,
entre otros puntos, se informará sobre las gestiones que se llevan adelante
para su reintegro en el puesto de trabajo que le fuera arrebatado por la
empresa.
El dolor que
aún le afecta lo obliga a caminar lento. Sigue llevando un corsé de
protección que deja entrever una larga cicatriz en la parte baja de su
columna.
-¿Cómo fue el
accidente?
-Trabajaba como
asesor de Ventas. El 26 de agosto de 2004 sufrí un grave accidente laboral.
Resbalé mientras subía a uno de los camiones de la empresa, quise agarrarme
del tubo de seguridad que tienen todos los camiones, pero aún así no lo pude
alcanzar y caí. Traté de sostenerme de las cajas de gaseosas que era lo
único que estaba a mi alcance, pero se me vinieron encima y al llegar al
piso apenas atiné a cubrirme la cara. Caí semisentado, y el impacto lo
sufrió la parte lumbar de mi columna vertebral. Sufrí fracturas en tres
vértebras y hernia discal.
-¿Quién te
atendió después del accidente?
-Me llevaron al
hospital y llené de inmediato la hoja NAP, un requisito fundamental cuando
un empleado se accidenta para ser reconocido bajo las leyes del Seguro
Social y del Código del Trabajo. Después de los exámenes me sometieron a una
operación para extraer las esquirlas de las vértebras y me cortaron los
discos dañados. Posteriormente, el cirujano llegó a la conclusión de que
necesitaba otra operación ya que mi dolor persistía; era incesante, de día y
de noche. Tampoco la segunda operación tuvo éxito y el 7 de diciembre de
2005 tuvieron que operarme por tercera vez.
-¿En todo este
tiempo el Seguro Social amparó tu posición de accidentado?
-Totalmente. El
Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS) cubrió los gastos del
hospital y estuve bajo la protección del subsidio, haciendo los trámites
pertinentes ante la Comisión Médica y siendo evaluado por la misma Comisión
del INSS. Esta Comisión dictó una incapacidad parcial permanente,
indicándome que una vez que yo me recuperara de mis operaciones podía
regresar a mi empleo según el artículo 113 inciso “F” del Código del
Trabajo.
-¿Qué dice
exactamente ese artículo?
-Es un artículo
fundamental. Expresa que son también obligaciones del empleador dar al
trabajador, que no pueda desempeñar la labor que realizaba antes del
accidente, otro puesto de trabajo de acuerdo a su incapacidad parcial,
permanente o temporal. La empresa estaba obligada a reintegrarme al trabajo
buscándome un puesto adecuado a mi actual capacidad. Al mismo tiempo comencé
los trámites para mi pensión.
-¿La Ley de
Seguridad Social y el Código del Trabajo reconocen la coexistencia de una
pensión por incapacidad y el reintegro al puesto de trabajo?
-Así es. Además
es reconocido por el reglamento interno de la empresa y por el Convenio
Colectivo firmado con el sindicato, cuando se trata de accidente y
enfermedad laboral.
-¿Cuál fue la
reacción de la empresa?
-Me presenté el
pasado 2 de febrero de 2006, al vencimiento de los 18 subsidios de ley, con
un diagnóstico de mi doctor en el cual se programaba una cuarta operación
para el 21 de febrero, aprovechando de la presencia de unos médicos
norteamericanos especializados en este tipo de cirugía. Según el Reglamento
interno de la empresa, el dictamen médico determina mi situación de salud y
la fecha en la cual puedo regresar al trabajo.
Presenté a la
gerente de Recursos Humanos de la
Coca Cola, doña María Inés Zerón, la constancia dictada por
la Comisión Médica del INSS, el diagnóstico de mi doctor y la constancia de
trámite para la pensión. La gerente me pidió lo mismo, una carta de mi
médico tratante dirigida a ella, confirmándole sobre mi estado de salud, la
cual le entregué unos días después.
-¿Que contestó
finalmente la gerente de Recursos Humanos?
-Dijo que iba a
proceder a despedirme según el vencimiento de las 18 órdenes de subsidio y
estando yo pensionado. Además agregó que no había un puesto donde ella me
pudiera colocar, ya que no podía retomar mi antiguo trabajo. Lo único que me
reconoció como derecho fue la liquidación correspondiente a un mes de
salario, más el equivalente de dos meses como bonificación que me dan como
regalo, y esto a pesar de haber trabajado casi tres años en la empresa. No
firmé la liquidación, ya que me di cuenta de que al final del documento
había una cláusula donde se afirmaba que iba a renunciar a todos mis
derechos actuales y futuros de demandar judicialmente a la empresa o de
demandar mi reintegro.
-¿Cuál fue tu
reacción y la del sindicato?
-Cuando se
ventiló mi despido, el secretario general del sindicato vino conmigo a la
oficina de Recursos Humanos para interceder frente a las autoridades de la
empresa, pero chocamos con una posición totalmente cerrada. Inmediatamente
interpusimos una denuncia en el Ministerio del Trabajo y la Inspectoría citó
a la gerente para hablar sobre el tema. Fue citada tres veces y no se
presentó. Pedí una acta de no comparecencia y posteriormente el MITRAB me
envió a la Oficina de Conciliación. Esta oficina citó nuevamente a la señora
Zerón, pero tampoco esta vez se presentó, demostrando su falta de respeto
hacia mi persona y hacia las autoridades. Actualmente realizamos otra
denuncia en el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH), y en la
Comisión de Asuntos Laborales de la Asamblea Nacional, y mi caso va a pasar
en los juzgados del Ministerio del Trabajo por la violación a mis derechos.
-¿Hay otros
casos similares al tuyo?
Hay varios
casos y muchas veces se trata también de represión sindical, porque la
presión para que uno renuncie al sindicato es fuerte y aprovechan cualquier
situación para despedirte. Todos los miembros del sindicato estamos siendo
perseguidos y acosados por la empresa que tiene una estrategia para destruir
a nuestra Junta Directiva. Conozco con seguridad que en los últimos dos
meses, cinco compañeros de Ventas fueron presionados para que se
desafiliaran del sindicato, y como no lo hicieron después de 15 días fueron
despedidos, aplicándoles el artículo 45 del Código del Trabajo.
-¿Que dice el
artículo 45?
-Es un artículo
que permite al empleador rescindir el contrato de trabajo sin causa
justificada. Pueden inventar cualquier motivación y despedirte. En ese caso
el empleador está obligado a liquidarte una indemnización equivalente a un
mes de salario por cada uno de los primeros tres años de trabajo, veinte
días de salario por cada año de trabajo a partir del cuarto año. Pero nunca
respetan estas condiciones.
-¿Cómo te
sentís?
-Me siento muy
mal, porque sufrí un accidente laboral y aún así me mandaron a la calle y me
trataron peor que a un animal. Siento que me están discriminando porque me
consideran un empleado que no le sirvo a la empresa, soy incapacitado, pero
aún así estoy con ganas de seguir trabajando y superarme por mis hijos y por
mi esposa. Pido que se divulgue toda esta información, porque no es posible
que una transnacional millonaria como la
Coca Cola, que se enriquece
a costa de nuestro trabajo y nuestra salud, siga atropellando nuestros
derechos humanos, laborales y sindicales.
En
Managua, Giorgio Trucchi
© Rel-Uita
1 de marzo de
2006 |
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