Nicaragua

Con Rolando Calero Avilés, ex trabajador de Coca Cola FEMSA

Nos tratan peor que a animales

Avilés tiene 28 años, casado, dos hijos. Era asesor de Ventas de Coca Cola FEMSA y miembro activo del Sindicato Único de Trabajadores (SUT). Un accidente laboral afectó muy seriamente su columna vertebral y tuvo que ser sometido a tres cirugías. Ahora aguarda una cuarta operación. Después de 18 meses de subsidio la empresa decidió despedirlo, violando normas jurídicas nacionales e internacionales. Ahora está luchando para ser reintegrado a un puesto de trabajo de acuerdo a su incapacidad parcial permanente, como lo establece el Código del Trabajo de Nicaragua. SIREL conversó con él para conocer su historia.

 

 

Rolando Calero aparece en la cancha de béisbol de la empresa con su camiseta roja que lleva el logo de Coca Cola. Llega para participar en la asamblea organizada por el sindicato donde, entre otros puntos, se informará sobre las gestiones que se llevan adelante para su reintegro en el puesto de trabajo que le fuera arrebatado por la empresa.

 

El dolor que aún le afecta lo obliga a caminar lento. Sigue llevando un corsé de protección que deja entrever una larga cicatriz en la parte baja de su columna.

 

-¿Cómo fue el accidente?

-Trabajaba como asesor de Ventas. El 26 de agosto de 2004 sufrí un grave accidente laboral. Resbalé mientras subía a uno de los camiones de la empresa, quise agarrarme del tubo de seguridad que tienen todos los camiones, pero aún así no lo pude alcanzar y caí. Traté de sostenerme de las cajas de gaseosas que era lo único que estaba a mi alcance, pero se me vinieron encima y al llegar al piso apenas atiné a cubrirme la cara. Caí semisentado, y el impacto lo sufrió la parte lumbar de mi columna vertebral. Sufrí fracturas en tres vértebras y hernia discal.

 

-¿Quién te atendió después del accidente?

-Me llevaron al hospital y llené de inmediato la hoja NAP, un requisito fundamental cuando un empleado se accidenta para ser reconocido bajo las leyes del Seguro Social y del Código del Trabajo. Después de los exámenes me sometieron a una operación para extraer las esquirlas de las vértebras y me cortaron los discos dañados. Posteriormente, el cirujano llegó a la conclusión de que necesitaba otra operación ya que mi dolor persistía; era incesante, de día y de noche. Tampoco la segunda operación tuvo éxito y el 7 de diciembre de 2005 tuvieron que operarme por tercera vez.

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Con Daniel Reyes Sánchez

 

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-¿En todo este tiempo el Seguro Social amparó tu posición de accidentado?

-Totalmente. El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS) cubrió los gastos del hospital y estuve bajo la protección del subsidio, haciendo los trámites pertinentes ante la Comisión Médica y siendo evaluado por la misma Comisión del INSS. Esta Comisión dictó una incapacidad parcial permanente, indicándome que una vez que yo me recuperara de mis operaciones podía regresar a mi empleo según el artículo 113 inciso “F” del Código del Trabajo.

 

-¿Qué dice exactamente ese artículo?

-Es un artículo fundamental. Expresa que son también obligaciones del empleador dar al trabajador, que no pueda desempeñar la labor que realizaba antes del accidente, otro puesto de trabajo de acuerdo a su incapacidad parcial, permanente o temporal. La empresa estaba obligada a reintegrarme al trabajo buscándome un puesto adecuado a mi actual capacidad. Al mismo tiempo comencé los trámites para mi pensión.

 

-¿La Ley de Seguridad Social y el Código del Trabajo reconocen la coexistencia de una pensión por incapacidad y el reintegro al puesto de trabajo?

-Así es. Además es reconocido por el reglamento interno de la empresa y por el Convenio Colectivo firmado con el sindicato, cuando se trata de accidente y enfermedad laboral.

 

-¿Cuál fue la reacción de la empresa?

-Me presenté el pasado 2 de febrero de 2006, al vencimiento de los 18 subsidios de ley, con un diagnóstico de mi doctor en el cual se programaba una cuarta operación para el 21 de febrero, aprovechando de la presencia de unos médicos norteamericanos especializados en este tipo de cirugía. Según el Reglamento interno de la empresa, el dictamen médico determina mi situación de salud y la fecha en la cual puedo regresar al trabajo.

Presenté a la gerente de Recursos Humanos de la Coca Cola, doña María Inés Zerón, la constancia dictada por la Comisión Médica del INSS, el diagnóstico de mi doctor y la constancia de trámite para la pensión. La gerente me pidió lo mismo, una carta de mi médico tratante dirigida a ella, confirmándole sobre mi estado de salud, la cual le entregué unos días después.

 

-¿Que contestó finalmente la gerente de Recursos Humanos?

-Dijo que iba a proceder a despedirme según el vencimiento de las 18 órdenes de subsidio y estando yo pensionado. Además agregó que no había un puesto donde ella me pudiera colocar, ya que no podía retomar mi antiguo trabajo. Lo único que me reconoció como derecho fue la liquidación correspondiente a un mes de salario, más el equivalente de dos meses como bonificación que me dan como regalo, y esto a pesar de haber trabajado casi tres años en la empresa. No firmé la liquidación, ya que me di cuenta de que al final del documento había una cláusula donde se afirmaba que iba a renunciar a todos mis derechos actuales y futuros de demandar judicialmente a la empresa o de demandar mi reintegro.

 

-¿Cuál fue tu reacción y la del sindicato?

-Cuando se ventiló mi despido, el secretario general del sindicato vino conmigo a la oficina de Recursos Humanos para interceder frente a las autoridades de la empresa, pero chocamos con una posición totalmente cerrada. Inmediatamente interpusimos una denuncia en el Ministerio del Trabajo y la Inspectoría citó a la gerente para hablar sobre el tema. Fue citada tres veces y no se presentó. Pedí una acta de no comparecencia y posteriormente el MITRAB me envió a la Oficina de Conciliación. Esta oficina citó nuevamente a la señora Zerón, pero tampoco esta vez se presentó, demostrando su falta de respeto hacia mi persona y hacia las autoridades. Actualmente realizamos otra denuncia en el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH), y en la Comisión de Asuntos Laborales de la Asamblea Nacional, y mi caso va a pasar en los juzgados del Ministerio del Trabajo por la violación a mis derechos.

 

-¿Hay otros casos similares al tuyo?

Hay varios casos y muchas veces se trata también de represión sindical, porque la presión para que uno renuncie al sindicato es fuerte y aprovechan cualquier situación para despedirte. Todos los miembros del sindicato estamos siendo perseguidos y acosados por la empresa que tiene una estrategia para destruir a nuestra Junta Directiva. Conozco con seguridad que en los últimos dos meses, cinco compañeros de Ventas fueron presionados para que se desafiliaran del sindicato, y como no lo hicieron después de 15 días fueron despedidos, aplicándoles el artículo 45 del Código del Trabajo.

 

-¿Que dice el artículo 45?

-Es un artículo que permite al empleador rescindir el contrato de trabajo sin causa justificada. Pueden inventar cualquier motivación y despedirte. En ese caso el empleador está obligado a liquidarte una indemnización equivalente a un mes de salario por cada uno de los primeros tres años de trabajo, veinte días de salario por cada año de trabajo a partir del cuarto año. Pero nunca respetan estas condiciones.

 

-¿Cómo te sentís?

-Me siento muy mal, porque sufrí un accidente laboral y aún así me mandaron a la calle y me trataron peor que a un animal. Siento que me están discriminando porque me consideran un empleado que no le sirvo a la empresa, soy incapacitado, pero aún así estoy con ganas de seguir trabajando y superarme por mis hijos y por mi esposa. Pido que se divulgue toda esta información, porque no es posible que una transnacional millonaria como la Coca Cola, que se enriquece a costa de nuestro trabajo y nuestra salud, siga atropellando nuestros derechos humanos, laborales y sindicales.

 

En Managua, Giorgio Trucchi

© Rel-Uita

1 de marzo de 2006

 

 

 

 

 

  

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