Uruguay

 

Con Oscar López Goldaracena

Iniciativa por la Nulidad de la Ley de Caducidad

Arrancar la cultura de la impunidad
de la identidad nacional

 

El próximo martes 4 se lanzará públicamente la campaña ciudadana de recolección de firmas para plebiscitar la nulidad de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, más conocida como “Ley de Impunidad”. Esta norma, que otorgó una virtual impunidad a militares y policías violadores de los derechos humanos durante la dictadura (1973-1985), fue aprobada por el Parlamento en diciembre de 1986, mientras se escuchaban “ruidos de sables” en los cuarteles militares. En 1989, un plebiscito celebrado en el marco de una campaña de intimidación de la ciudadanía y de nuevas amenazas de los militares, no logró los votos suficientes para derogarla. Hoy, una Coordinadora por la Nulidad de la Ley de Caducidad integrada por una enorme variedad de organizaciones sociales y de personalidades pretende cambiar la historia y recentrar la identidad de los uruguayos en los valores de justicia, equidad y dignidad. López Goldaracena es un abogado comprometido con las causas vinculadas a las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura, y uno de los principales animadores de la Iniciativa.

 

 

-¿Cuál es el objetivo de esta Iniciativa ciudadana?

-En primer lugar tenemos que diferenciar la derogación y la anulación. Cuando una ley cae en desuso o cambian determinadas circunstancias de la realidad, en tanto que norma para la convivencia, dicha ley puede ser derogada. Esto quiere decir dejarla sin efecto para el futuro, pero se convalida todo lo que se actuó durante su vigencia pasada. La nulidad, antes bien, declara inexistente la norma. Esto no se impone por capricho o conveniencia política, sino por mandato del derecho, porque hay normas que contienen vicios que las invalidan desde el punto de vista jurídico. En esos casos corresponde declarar la nulidad de la norma con carácter general.

 

-¿Esto ocurre con la Ley de Caducidad?

-Hemos sostenido siempre que concretamente los artículos 1 al 4 de esta norma, que son los que consagran la renuncia del Estado a juzgar los crímenes de la dictadura, son inválidos para el derecho desde el momento en que el mismo establece la obligación de los Estados de perseguir y juzgar los crímenes que califiquen como de lesa humanidad cometidos desde un gobierno, por el Estado, y que impliquen una violación sistemática de los derechos humanos de los ciudadanos que esa institución debía proteger. En tal sentido, existe jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, hay antecedentes a nivel del derecho comparado que establecen que este tipo de leyes son una aberración a la conciencia jurídica de la humanidad, ya que es de interés de toda la sociedad la persecución y juzgamiento de esos crímenes para jerarquizar el valor “justicia”, y garantizar que nunca más se repitan los desvíos de poder por parte de aquel que tiene la obligación de asegurarle a la ciudadanía el pleno goce de sus derechos humanos.

Por tanto, entendemos que las normas de impunidad contenidas en la Ley de Caducidad son, desde su origen, nulas; su contenido está viciado de nulidad sustancial por lo que disponen. Lo que se propone, entonces, es que se declare nula la impunidad, específicamente los artículos referidos que son los que consagran la impunidad, ya que el resto del articulado no tiene relación con ella.

Pero además de contradecir normas constitucionales y del derecho internacional, la Ley de Caducidad admite como fuente en su propio texto la “lógica de los hechos”, refiriéndose a la presión que ejercieron los militares durante los años inmediatamente posteriores a la dictadura. Esto no puede generar derecho e invalida la Ley desde su mismo origen.

 

-¿Cuál sería el efecto práctico de esa nulidad?

-Se hace de cuenta que esos aspectos de la ley nunca existieron, por lo que retoman íntegra vigencia los principios de persecución y juzgamiento. Esto significa que no se podrá oponer cosa juzgada ni prescripción a las denuncias que hay y que vendrán, porque este tipo de crímenes no prescribe. El texto del proyecto de nulidad fue diseñado de tal forma que puede ser usado sin modificaciones por el Parlamento, en caso de que éste decida anular la Ley.

 

-¿Puede hacerlo?

-Con mayoría simple de los legisladores. No existe ningún impedimento jurídico para que el Parlamento declare nulo un acto del propio órgano, cuando advierte que existen vicios que lo invalidan. Esto ya ocurrió, se ha declarado nulidad de leyes en el pasado, concretamente la Ley de Derechos del Consumidor fue declarada “nula e inexistente”, y después se aprobó una nueva norma con los preceptos que el Parlamento quería regular. Como el proyecto que hemos elaborado no logró entrar en la agenda política parlamentaria, la Coordinadora por la Nulidad de la Ley de Caducidad resolvió presentarle a la ciudadanía un proyecto de reforma constitucional por la cual se introduciría en la Constitución una disposición especial que declararía nula e inexistente la Ley de Caducidad junto con la regulación de los efectos de esta nulidad.

 

-¿Cuál es el mecanismo que se propone usar?

-Es una reforma por “iniciativa popular”, por lo que, para ser presentado, el proyecto requiere el apoyo explícito de más del 10 por ciento de los habilitados a votar. Esto significa que hay que presentarse ante la Asamblea General y la Corte Electoral con una adhesión de más de 250 mil firmas. El plebiscito sería simultáneo con las próximas elecciones. Reitero que el Parlamento puede aprobarlo sin más por mayoría simple.

En lo personal, creo que junto a todos los uruguayos, quiero una convivencia en la paz, en la no violencia, en la plena vigencia del derecho y el respeto hacia las normas. La forma de garantizar que eso se haga carne y sea un principio fundamental para el modelo de convivencia del futuro es removiendo todos aquellos obstáculos que impiden el juzgamiento de los delitos de lesa humanidad, en tanto señal para recuperar la moral de nuestra comunidad.

 

-El actual gobierno, sin embargo, avanzó en materia de derechos humanos a pesar de la Ley de Caducidad. ¿Es realmente un impedimento real?

-No podemos soslayar que para la reconstrucción de una verdadera democracia se deben jerarquizar nuevamente valores como la justicia, precisamente para que no vuelvan a ocurrir tales desvíos de poder, y esto solamente se puede lograr si se remueve del ordenamiento jurídico una ley inválida que al mismo tiempo fue dictada bajo presión militar. En una consideración más política, se puede decir que desde que asumió el gobierno del doctor Tabaré Vázquez hubo un cambio notorio en la política de derechos humanos, en la forma de aplicar la Ley de Caducidad. En el marco de las investigaciones que habilitó y realizó el Poder Ejecutivo, las Fuerzas Armadas confesaron que durante la dictadura existieron vuelos clandestinos que trasladaron los desaparecidos uruguayos en Argentina hacia el Uruguay. El paradero de estas personas aún se ignora y por tanto continúan desaparecidos, es decir que se sigue cometiendo el crimen de lesa humanidad de la desaparición forzada. El descubrimiento y la confesión de este hecho implica que hoy el poder político –de todos los partidos– tenga que aplicar el derecho. Quien haya decidido no cuestionar la Ley de Caducidad, está ahora obligado a aplicar el derecho. La fuerza política de gobierno debería simplemente aplicar su programa, respetar el derecho internacional. Resumiendo: el gobierno avanzó en el marco de la Ley de Caducidad y descubrió un hecho que constituye un crimen de lesa humanidad y éste se sigue cometiendo de manera permanente. En nuestra opinión, esto obligaría al sistema político uruguayo a votar en el Parlamento la nulidad de la Ley de Caducidad. Este tema debe estar por encima de las coyunturas políticas y de los partidos, pues se trata del modelo de convivencia que queremos los uruguayos de forma sincera. En lo personal, creo que junto a todos los uruguayos, quiero una convivencia en la paz, en la no violencia, en la plena vigencia del derecho y el respeto hacia las normas. La forma de garantizar que eso se haga carne y sea un principio fundamental para el modelo de convivencia del futuro es removiendo todos aquellos obstáculos que impiden el juzgamiento de los delitos de lesa humanidad, en tanto señal para recuperar la moral de nuestra comunidad. Quiere decir que además de los argumentos jurídicos para esta Iniciativa, existe también un enfoque político que debe trascender lo partidario e ir de la mano con lo que queremos para nuestra sociedad actual y en el futuro.

 

-Quienes se oponen a esta Iniciativa argumentan que este tema ya ha sido laudado, pues el pueblo ha refrendado la Ley de Caducidad en un plebiscito realizado en 1989.

-Este argumento condicionó políticamente al Frente Amplio para que hoy no exista unanimidad en declarar nula la Ley. Es muy importante aclarar que el referéndum es un recurso contra una ley que, en el caso de que no se alcancen los votos para su derogación, no convierte a dicha norma en una “súper ley”, en una “ley blindada”, sino que el resultado es la expresión del cuerpo electoral en un momento histórico determinado. Pero ese mismo cuerpo electoral, posteriormente a ese referéndum, se fue pronunciando de tal forma que provocó un cambio de las más altas autoridades del país. Una ley que nace nula por vicios de sustancia no resulta convalidada por ningún referéndum. Imagine que se restablece la esclavitud, inclusive que la gente quiere que ello ocurra, y que un grupo de ciudadanos promueve un referéndum contra esa ley y no logra removerla. Más allá del claro indicador de deterioro moral que habría sufrido esa sociedad, desde el punto de vista jurídico esa ley es absolutamente nula porque violenta el principio de “derecho de gentes” que está por encima de las disposiciones de los Estados.

Nos refuerza en este pensamiento que antes de que se aprobara la Ley de Caducidad dijimos que el derecho internacional sobre derechos humanos impide que un Estado pueda renunciar al juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad, y eso ningún referéndum lo puede cambiar.

Pero además, en el marco de aquella votación, se negaba que hubiesen existido violaciones a los derechos humanos en el Uruguay de la forma en que ocurrieron. A tal punto que se prohibió un spot publicitario contra la Ley en el que la madre de un niño desaparecido exponía se caso, me refiero a Sara Méndez. Se argumentó que se prohibía porque en Uruguay no habían existido desapariciones, y que la pieza representaba un agravio a la moral de las Fuerzas Armadas. Ese spot no pudo ser visto por el pueblo uruguayo. Y también se creó un clima de amenaza que llevó a que mucha gente votara en esa ocasión con el miedo en la mano. Hoy se trata de que, ante hechos nuevos, la sociedad actual ejerza su legítimo derecho de, actuando por su cuenta y por iniciativa popular, reacomodar el derecho, el Derecho con mayúscula, por encima de banderas partidarias.

 

-¿Qué instituciones y personalidades están respaldando esta Iniciativa?

-La Coordinadora por la Nulidad de la Ley de Caducidad se conforma aglutinando a organizaciones muy diversas como la central única de trabajadores PIT-CNT, la Federación Uruguaya de Construcción de la Vivienda por Ayuda Mutua (FUCVAM), Atabaque, diversas organizaciones de derechos humanos como Crisol, Amnistía Internacional de Uruguay, Serpaj, Familiares de Detenidos Desaparecidos y de Asesinados, organizaciones barriales de Montevideo y del Interior, y figuras y sectores políticos de varios partidos, como Oscar López Ballestra, del Partido Nacional, quien fuera presidente de la Cámara de Diputados cuando se votó la Ley y opositor a ella, sin dejar de recordar que el Partido Nacional presentó un proyecto en Diputados que declaraba nula e inexistente la Ley de Caducidad. También hay personalidades del Frente Amplio como el general Víctor Licandro, fundador de esa fuerza política, el sector frenteamplista de Víctor Vaillant, el Partido por la Victoria del Pueblo, el Partido Comunista, el Nuevo Espacio, con un rol sumamente importante del senador Rafael Michelini. Puedo mencionar a frenteamplistas independientes como Guillermo Chifflet, y le debemos agregar a la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay (FEUU) y muchos otros que en este momento no me vienen a la memoria pero que integran la Coordinadora. Por supuesto, se han recibido miles de adhesiones, y aunque es injusto quiero señalar por ejemplo la del general Oscar Pereira, o de la senadora oficialista Margarita Percovich. Y hemos constatado que las bases de los partidos, de cualquiera de ellos, están de acuerdo con declarar la nulidad de la impunidad. La propia Comisión de Derechos Humanos del Frente Amplio, donde están representados todos sus sectores, respaldó la declaración de nulidad.

Es un momento histórico en el cual la ciudadanía, las nuevas generaciones, tienen la oportunidad de contribuir a consolidar el modelo de convivencia asentado sobre una visión humanista, respetuoso de los derechos humanos.

 

-¿Cuál es el trámite concreto de esta propuesta de ahora en adelante?

-Lo primero será presentar a la ciudadanía el documento reclamando la nulidad, lo que se hará el próximo martes 4 de septiembre en el teatro El Galpón a las 19 horas. Allí se iniciará la recolección de firmas que después deberán ser cotejadas una a una por la Corte Electoral. Por eso, para evitar impugnaciones posteriores, llamamos la atención acerca de que la firma que se estampe ahora debe ser similar a la que figura en el documento electoral, en la Credencial. Pensamos que rápidamente se superarán las 250 mil firmas requeridas para habilitar el proyecto. Adelanto que se instalarán mesas receptoras de adhesiones en todos los departamentos, en todas las ciudades del país, por lo que no habrá dificultades para asentar las firmas. El plazo máximo para presentarlas es seis meses antes del acto eleccionario, pero queremos recoger medio millón de firmas en pocos meses, de forma que estemos cubiertos contra cualquier riesgo de último momento. Debemos movilizarnos ya, ahora es el tiempo. Pero quiero volver a subrayar que el Parlamento nacional tiene absoluta legitimidad –diría que tiene el deber de hacerlo– para declarar la nulidad de esta Ley, sin necesidad de llegar al plebiscito.

En Montevideo, Carlos Amorín

© Rel-UITA

3 de setiembre de 2007

 

 

 

 

 

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