Artículo188
Agréguese:
Las
disposiciones de este artículo no serán aplicables a los servidos
públicos de agua potable y saneamiento.
Disposiciones Transitorias y Especiales
Agregase la
siguiente:
Z") La
reparación que correspondiere, por la entrada en vigencia de ésta
reforma, no generará indemnización por lucro cesante, reembolsándose
únicamente las inversiones no amortizadas. |