Artículo188

Agréguese:

 

Las disposiciones de este artículo no serán aplicables a los servidos públicos de agua potable y saneamiento.

Disposiciones Transitorias y Especiales

Agregase la siguiente:

Z") La reparación que correspondiere, por la entrada en vigencia de ésta reforma, no generará indemnización por lucro cesante, reembolsándose únicamente las inversiones no amortizadas.