Brasil

¡No a la Enmienda 3!

 

¿Qué es la Enmienda 3?

La Enmienda 3 impide a auditores fiscales definir la naturaleza de la relación laboral entre una empresa prestadora de servicios que constituyen unipersonales y una empresa convencional. La enmienda dice que solo el Poder Judicial puede tomar decisiones sobre relaciones de trabajo entre las empresas y esas personas jurídicas prestadoras de servicios

   
  

Entendemos que esta enmienda que fue presentada en el Congreso Nacional, es perjudicial para la clase trabajadora porque permite que las empresas puedan contratar a los trabajadores a través de notas fiscales sin vínculo empleador, lo que sería el fin del empleo en nuestro país. A las empresas les conviene, pues con esto dejarían de pagar los derechos laborales como aguinaldo, salario vacacional y además si hubiese rescisión de contrato el trabajador no tendría derecho a indemnización alguna. La enmienda 3 fue vetada por el presidente, pero ha sido reimpulsada por diputados y senadores que son empresarios o están al servicio de los empresarios. El movimiento sindical está realizando manifestaciones y dialogando con los parlamentarios para que el veto sea mantenido.

Artur Bueno

CNTA


 

La enmienda 3, está siendo impulsada por el sector empresarial brasileño, esta enmienda está dentro de un proyecto de ley de “desarrollo del país”, la cual prohíbe que los fiscales del Ministerio de Trabajo y de la Previsión Social inspeccionen a empresas tercerizadas. Esto es el colmo, es hacer trizas el trabajo formal. A partir del momento en que los fiscales no pueden actuar, se va dar rienda suelta al trabajo en negro. Esta propuesta es absurda, estamos totalmente en contra de esa enmienda.

Siderlei Silva de Oliveira

CONTAC


 

CONTAG mantiene una postura muy firme sobre la permanencia del veto del presidente a la Enmienda 3 que está en discusión en el Congreso Nacional. Si se derribara el veto, los trabajadores perderíamos mucho en términos de fiscalización del Ministerio de Trabajo, tanto para los trabajadores rurales como para los urbanos, significaría una enorme flexibilización de las leyes laborales, un avance del capital sobre la conquista de los derechos de los trabajadores y trabajadoras en Brasil y la debilitación del propio Ministerio.

Alberto Broch

CONTAG


 

Se está intentando un acuerdo entre las centrales sindicales y el gobierno sobre cuáles son las profesiones que entrarían en la Enmienda 3 para ser consideradas como Personas Jurídicas. Estamos tratando de incluir esa aclaración en la enmienda para que no se tome de forma generalizada a todas las ramas de producción. Además no renunciamos a la prerrogativa de mantener la fiscalización, que en grandes rasgos es lo que plantea la Enmienda 3. y estamos junto a las demás fuerzas sindicales en el cometido de mantener el veto del presidente a esta enmienda.

Neuza Barbosa de Lima

FTIA


 

 

A Emenda 3 proíbe o auditor fiscal de multar empresas que contratam profissionais que constituíram empresa para prestar serviços. São as chamadas empresas de "uma pessoa só".

 

A Receita resiste à existência da "empresa de uma pessoa só" sob o argumento de que ela não contrata ninguém e só serve para livrar os empregadores do pagamento de direitos trabalhistas. Além disso, segundo a Receita, reduz tributos de profissionais liberais, o que os fiscais consideram um ato de sonegação.

 

A lei atual dá aos fiscais o direito de multar as "empresas de uma pessoa só". Eles costumam determinar que elas sejam desconstituídas, o que os parlamentares e os juristas consideram um abuso.

 

A Emenda 3 tira o poder dos auditores fiscais. Aprovada pelo Congresso, ela deixa claro que os fiscais não podem mais mandar desconstituir as "empresas de uma pessoa só", pois essa é uma atribuição do Judiciário.

 

 

 

 

 

 Rel-UITA

4 de junio de 2007

Ilustración: CUT

Fotografías: Rel-UITA

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