El
día 5 de diciembre
la Dirección
General de Servicios Agrícolas (DGSA) del Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), comunica
que con fecha 17 de noviembre del presente año, el MGAP
resolvió prohibir la aplicación aérea de “productos
fitosanitarios”, en todo tipo de cultivo, a una
distancia inferior a 50 metros y las aplicaciones terrestres
a una distancia inferior a 30 metros del límite del predio
de escuelas rurales.
También se
“exhorta” en dicha Resolución, que las aplicaciones
tanto aéreas como terrestres de “productos fitosanitarios”
en cercanía de los predios escolares, se efectúen en días
inhábiles o fuera del horario escolar.
Frente al
vacío legal en relación a las fumigaciones aéreas y
terrestres en áreas donde existen escuelas rurales, esta
resolución es un reconocimiento de que por largo tiempo se
han venido fumigando venenos -los mal llamados “productos
fitosanitarios”- sobre las escuelas rurales. Dicha
situación se ha visto agravada en los últimos años a raíz
del aumento del cultivo de soja transgénica, que se
caracteriza por la fumigación de enormes cantidades de
agrotóxicos.
Numerosas
denuncias sobre fumigaciones aéreas y terrestres sobre
escuelas rurales han sido realizadas en distintos lugares
del país, donde las maestras han debido mantener a los niños
dentro de los salones de clase y donde las fumigaciones han
dejado huertas orgánicas quemadas, animales enfermos e
incluso muertos y niños afectados por productos tóxicos.
Uruguay
es un país donde los vientos son una constante y las
aplicaciones se realizan cuando el cultivo lo necesita y/o
lo determina el técnico, haya o no haya viento. Es decir,
que esta medida, que pareciera proteger a los niños de las
escuelas rurales, es simplemente una regulación para
proteger a las empresas.
En el mejor
de los casos los 90 aviones que fumigan al Uruguay se
asegurarán de cumplir con los 50 metros aéreos y los
“mosquitos” (enormes máquinas fumigadoras) y/o las
pulverizadoras manuales de cumplir con los 30 metros
terrestres para aplicar el cóctel mortal de agrotóxicos. Y
de los daños, que se encarguen las maestras.
Es
ampliamente sabido que la deriva de los agrotóxicos por el
viento es imposible de controlar; ésta llega a los predios
linderos provocando daños ambientales y sobre la salud de la
gente y por más posibilidad que exista de realizar denuncias
a las autoridades correspondientes, el daño ya se habrá
hecho. En el caso concreto de las escuelas rurales, nuestros
niños han sido y seguirán siendo contaminados. Los 30 y 50
metros son a todas luces insuficientes para proteger la
salud de los niños y las maestras, pero esta resolución del
MGAP le da a las empresas el marco para seguir
aplicando sus venenos, ahora dentro del marco legal.
Cabe
preguntarse: ¿no le fue posible a las autoridades que
elaboraron esta resolución, pensar en los niños por una sola
vez y prohibir las fumigaciones en las zonas rurales donde
hay escuelas? ¿Es más importante proteger a los cultivos que
a los niños?
Resulta
claro que con esta resolución las empresas son las
protegidas y NO los niños que son el 100 por ciento
de las futuras generaciones.
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