Sostienen, por ejemplo, que el proyecto prevé la
expropiación de los pozos de agua que existan en casas
de particulares o que se impediría la gestión privada
de las aguas termales y de empresas embotelladoras de
agua.
Adriana Marquisio, vicepresidenta de la Federación de
Funcionarios del ente público Obras Sanitarias del
Estado e integrante de la Comisión en Defensa del Agua
y de la Vida, que promueve el referéndum, aseguró que
quienes lanzaron esas versiones saben que no son
ciertas. La dirigente sindical aclaró que el Código de
Aguas vigente en Uruguay establece que las aguas
superficiales y subterráneas son de dominio público.
En el caso de la realización de pozos o
emprendimientos como los termales, de riego o de aguas
embotelladas, la Dirección Nacional de Hidrografía
otorga permisos de uso y aprovechamiento. "Esto no
cambiará", destacó, y aclaró que la reforma refiere
únicamente a los servicios de agua potable y
saneamiento.
Los opositores al proyecto aseguran también que sin
capitales privados no se podrá hacer el saneamiento en
el interior del país, puesto que la estatal OSE no
tiene dinero para invertir en esas obras. Marquisio
respondió poniendo el ejemplo de Maldonado, uno de los
departamentos más ricos del país, donde el saneamiento
y el abastecimiento de agua fue entregado a firmas
privadas. "Allí OSE no pudo hacer el saneamiento
porque no administró bien la tarifa, pero sí pidió un
préstamo de 70 millones de dólares para poner a punto
las instalaciones y entregárselas a la compañía
privada Uragua. Los uruguayos vamos a estar pagando
hasta 2009 por ese préstamo, que representa el 60 por
ciento de lo que OSE tiene asignado para invertir en
agua potable y saneamiento en el interior del país. Lo
que no se entiende es por qué esa inversión no se pudo
hacer antes, cuando la gestión era pública", indicó
Marquisio.
Cabe la posibilidad que de aprobarse la reforma, las
empresas privadas que gestionan actualmente los
servicios de agua potable y saneamiento, y cuyos
contratos serían rescindidos, inicien juicio al
Estado, puesto que se prevé indemnizarlas en función
de las inversiones que ya realizaron pero no por el
lucro cesante.
Otra de las versiones difundidas recientemente por los
opositores a la reforma es que el Banco Interamericano
de Desarrollo (BID) habría advertido a diversas
reparticiones del Estado uruguayo, entre ellas el
Municipio de Montevideo, que si se aprueba el proyecto
se complicará la ampliación de la cobertura de
saneamiento y el mantenimiento de las redes de agua
potable, ya que OSE no tendría capacidad de acceder a
nuevos préstamos. El director de Saneamiento de
Montevideo, Luis Lazo, desmintió que el organismo
internacional haya formulado tal advertencia. Rel-UITA
está en condiciones de afirmar que fuentes del propio
BID también lo desmintieron.
Por otra parte, los partidos conservadores y los
medios empresariales que rechazan la iniciativa del
referéndum, así como el propio directorio de OSE,
cuestionan la necesidad de reformar la Constitución
“sólo porque una o dos empresas” no cumplen con alguna
cláusula contractual. Si bien es cierto que hay
previstos en los acuerdos de concesión establecidos
con las firmas privadas mecanismos correctivos, los
organismos a los que compete aplicarlos han demostrado
tal benevolencia que, en los hechos, de nada ha
servido que existan. En el caso de Uragua, una de las
firmas instaladas en Maldonado, hace largo tiempo que
OSE podría haberle rescindido el contrato de concesión
de los servicios de agua potable y saneamiento, dada
la larga lista de irregularidades cometidas por esta
empresa de capitales españoles. Pero nada de eso ha
pasado.
El principio rector de la reforma es que debe
anteponerse el bienestar social ante la ganancia
económica, y esto sólo se asegura si el servicio es
prestado por organismos sin fines de lucro. La reforma
plantea además que se diseñe una política nacional de
aguas y saneamiento basada en el ordenamiento
territorial, la gestión sustentable del recurso, la
protección del ambiente, el establecimiento de
prioridades para el uso del agua (siendo la primera el
abastecimiento de agua potable a poblaciones), y la
participación de la sociedad civil en todas las
instancias de planificación, gestión y control de
recursos hídricos. Toda autorización o concesión o
permiso que vulnere estos principios sería anulada.
La intención última de esta reforma es que las
disposiciones plasmadas en el Código de Aguas sean
elevadas a rango constitucional a efectos de que no
exista una norma legal de mayor jerarquía. De
aprobarse, ninguna ley podrá derogar los artículos que
se agregarán a la Constitución, salvo que medie una
nueva reforma.
En la primera semana de octubre, la Comisión en
Defensa del Agua y la Vida informó a Rel-UITA que a
menos de un mes de la votación, un tercio de los
uruguayos no sabía que el 31 de octubre habrá un
referéndum. Pero la misma Comisión también destacó que
durante las jornadas de difusión que está organizando
en Montevideo y en las principales ciudades del
interior del país, los ciudadanos que ignoraban que
habría una consulta popular al tomar contacto con la
información, inmediatamente adhieren a la idea de que
el acceso al servicio de agua y saneamiento sea
considerado un derecho humano fundamental.
Según expresó Carlos Coitinho, integrante de la
Comisión en representación de la coalición de
izquierda Frente Amplio, favorita para ganar las
elecciones que se celebran simultáneamente con el
referéndum, "el pueblo aprendió que el traslado de
actividades desde el Estado a los privados significa
marginar a cada vez más ciudadanos de la posibilidad
de acceder a esos servicios, porque los precios que
fijan las compañías no están al alcance de los
bolsillos de muchas familias". Además, “al
empresariado no le interesa la cobertura de los
servicios en localidades o pueblos donde no les
resulta rentable por el bajo número de habitantes, tal
como sucedió en Aiguá, en el propio departamento de
Maldonado”, recordó Coitinho.
Virginia Matos
© Rel-UITA
19 de octubre de 2004