Resolución sobre trabajadores
migratorios
El 25º Congreso de la UITA,
reunido en Ginebra, del 19 al 22
de marzo del 2007
RECORDANDO
la resolución compuesta sobre
trabajadores migratorios e
inmigrantes adoptada en el 24º
Congreso Mundial de la UITA;
APLAUDIENDO
el trabajo realizado hasta ahora
en la implementación de la
resolución y, en particular, la
redacción de la Carta de la UITA
sobre derechos de los
trabajadores/as migratorios en
la agricultura, así como la
elaboración de una publicación
para informar y movilizar a las
afiliadas de la UITA sobre
asuntos de los trabajadores/as
migratorios;
APLAUDIENDO ADEMÁS
las actividades llevadas a cabo
por algunas afiliadas para
defender, proteger y organizar a
los trabajadores/as migratorios;
OBSERVANDO
que muchos sectores de la UITA
dependen de los trabajadores/as
migratorios y que, para que los
sindicatos puedan representar
con efectividad a los
trabajadores/as del sector,
tienen que reclutar y ayudar a
los trabajadores/as migratorios;
CONSIDERANDO TAMBIÉN
que la migración informal
continua incrementando y que se
han perdido muchas vidas debido
a transportistas inescrupulosos
que dan prioridad al lucro antes
que a la seguridad;
CONSIDERANDO ADEMÁS
que las mujeres trabajadoras
inmigrantes son particularmente
vulnerables a la explotación y
el abuso;
TAMBIÉN CONSIDERANDO
que los trabajadores/as
migratorios a menudo están
dirigidos por contratistas
laborales que les exigen
trabajar en muchos sectores
diferentes. Este 25º Congreso de
la UITA, reunido en Ginebra, del
19 al 22 de marzo del 2007, por
lo tanto,
RECLAMA
la aprobación y adopción de la
Carta de derechos para
trabajadores/as migratorios en
la agricultura, por parte de
toda la UITA;
EXHORTA
A LA UITA a extender las
actividades comenzadas entre las
afiliadas de la UITA en Asia
Central para construir acuerdos
de cooperación internacional
bipartita y multilateral entre
las afiliadas de la UITA en los
países de origen y de destino.
Estos acuerdos deben especificar
las responsabilidades tanto de
los sindicatos del país nativo
como del país anfitrión para
proteger a los trabajadores/as
migratorios;
RECONOCE
que el Acuerdo de Reciprocidad
de la UITA sólo se utiliza en
forma limitada para ayudar a los
trabajadores/as migratorios que
provienen de sectores fuera de
la jurisdicción de la UITA, pero
recibe con beneplácito los
principios de solidaridad
implícitos en el carné de
afiliación sindical
internacional. Para que el carné
sea lo más útil posible, la
terminología debe simplificarse
y deberá estar disponible en la
parte del sitio web sólo para
miembros de la UITA y estar
traducido a tantos idiomas como
sea posible. Parte del sitio web
deberá dedicarse a ayudar a los
trabajadores/as migratorios;
RECONOCE ADEMÁS
que ayudar a los trabajadores/as
migratorios a reclamar sus
derechos, así como ayudar a los
sindicatos a reclutar y
organizar a los trabajadores/as
migratorios, requiere
habilidades especializadas. Por
lo tanto, la UITA deberá
analizar la posibilidad de
establecer organizadores de
trabajadores/as migratorios de
la UITA (según el modelo
desarrollado para el trabajo de
servicios alimentarios);
DECLARA
que la lucha contra el racismo y
la xenofobia debe ser un
elemento clave de nuestro
trabajo para la defensa y
organización de los
trabajadores/as migratorios.
Propuesta por: 4ª
Conferencia Mundial del GPTA,
Sevilla, 11 a 13 de diciembre
del 2006
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