Guatemala
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Acuerdo histórico entre
sindicatos
y maquilas textiles
Permanecer alerta para que el convenio se cumpla |
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Después de varias
semanas de tensión, rumores, amenazas y desplantes,
el Sindicato de Trabajadores de Choi (SITRACHOI) y
el Sindicato de Trabajadores de Cimatextiles (SITRACIMA),
afiliados a la Federación Sindical de Trabajadores
de la Alimentación, Agroindustria y Similares de
Guatemala (FESTRAS), alcanzaron un acuerdo con ambas
empresas cuyo alcance establece un antecedente
histórico para los trabajadores y trabajadoras de
las maquilas de ese país.
La sólida y tranquila resistencia de las afiliadas y
afiliados a SITRACIMA y SITRACHOI
logró doblegar la tradicional táctica de las
maquilas de Guatemala, mediante la cual
conseguían dividir a los trabajadores, ya sea por el
miedo o la oferta de supuestos privilegios. Esta
vez, el Ministerio de Trabajo se desmarcó también de
los reclamos patronales que pretendían una
suspensión de los contratos de la totalidad de los
trabajadores y trabajadoras de Cimatextiles SA.
En entrevista con el Comité Ejecutivo de los
sindicatos, la secretaría de Trabajo informó que la
solicitud de la empresa no se había formalizado por
escrito, y que para reclamar la suspensión de los
contratos ella debía exhibir una situación económica
y financiera que lo justificara.
La importancia de
las campañas internacionales
David Morales,
secretario general de FESTRAS, relató a
SIREL que “Inmediatamente después de esta
negativa oficial, la empresa desató una campaña de
desestabilización de los sindicatos, alentando como
siempre un grupo interno que sembró la confusión y
la zozobra, y haciendo correr el rumor de que la
fábrica había sido ‘vaciada’ por los trabajadores
organizados. Hubo hasta intentos de agresiones
personales, pero las compañeras lograron
contrarrestar esa ofensiva que aquí en Guatemala
ya conocemos muy bien”.
En este punto, Morales subrayó que “Las campañas
internacionales, tanto de la UITA como de la
FITTVCC*, aportaron mucha tranquilidad a los
compañeros y compañeras y, a su vez, mitigaron la
virulencia patronal que, de hecho, ya había
trasladado toda su operativa a una tercera empresa,
Choishin, y estaba preparada a retomar la
actividad antes de despedir a todo el personal,
especialmente al sindicalizado”.
Finalmente, se logró que los responsables de las empresas
Cimatextiles y Choi, esto es, los
ciudadanos coreanos Myoung Jim Kim, gerente
de Relaciones Laborales y representante legal de
ambas sociedades en Guatemala, y H. H.
Hyon, presidente de Choi & Shin’s Co. Ltd
con sede en Corea del Sur, se avinieran a
negociar ante la Inspección de Trabajo y firmaran un
convenio que, en opinión de David Morales,
“si logramos que se cumpla en todos sus términos
habremos establecido un valioso antecedente para el
resto de las maquilas de Guatemala”.
Según el acuerdo suscrito, los empleadores se comprometen a
pagar la totalidad de las prestaciones laborales,
incluyendo la indemnización por el despido de los
trabajadores y trabajadoras; a entregar los
correspondientes certificados de trabajo para que
los despedidos se puedan presentar ante el Instituto
Guatemalteco de Seguridad Social, y a mantener el
pago de las prestaciones correspondientes a las
trabajadoras embarazadas y en período de lactancia
para que ellas no se vean perjudicadas en sus
derechos. Este hecho elemental es, sin embargo,
absolutamente excepcional en el contexto de las
maquilas guatemaltecas.
Otros aspectos inéditos del acuerdo son el compromiso de
Cimatextiles de reiniciar actividades apenas se
renueven los pedidos de las marcas con las que
mantiene contratos (lo que implica no utilizar a
empresas fantasmas para eludir responsabilidades), y
a retomar a todo el personal “que desee
reintegrarse”. La empresa entregará una lista
confeccionada de común acuerdo con SITRACIMA,
y los trabajadores y trabajadoras serán reintegrados
a medida que la producción lo demande y sin período
de prueba. Cimatextiles podrá contratar
nuevos operarios si los que figuran en el mencionado
listado no fuesen suficientes. Yendo aún más lejos,
el acuerdo estipula que en caso de que Choi,
la “empresa gemela” de Cimatextiles,
precisara personal, deberá contratar primeramente a
los que figuran en la referida lista.
Respeto a las
libertades sindicales
Otro punto afirma expresamente que “Cimatextiles
respetará las libertades sindicales y que los nueve
directivos y directivas de SITRACIMA
permanecerán con sus contratos vigentes, su función
sindical no se verá afectada, y deberán desempeñar
sus funciones normales, tanto las sindicales como en
sus labores dentro de la empresa. Por si fuera poco,
Cimatextiles y Choi declaran
comprometerse a retomar la discusión sobre los
puntos pendientes del Pacto Colectivo y a hacer lo
posible para alcanzar un acuerdo antes de tres
meses.
Finalmente, ambas empresas se obligan ante la autoridad
laboral de Guatemala y los sindicatos, a que
“estos acuerdos tendrán vigencia y serán de
obligatorio cumplimiento para cualquier entidad que
sustituya a las mencionadas siempre que la actividad
económica sea la misma y se desarrolle en el mismo
lugar”.
Para David Morales, “Este es un acuerdo similar al que
llegamos en 1984 con Coca Cola, y que culminó
con el reintegro de todo el personal a la empresa.
En este caso, deberemos permanecer alerta para que
los términos del acuerdo sean realmente cumplidos.
Cuando esto ocurra, SITRACIMA y SITRACHOI
habrán establecido un precedente para todo el sector
textil de Guatemala”.
En
Montevideo,
Carlos Amorín
©
Rel-UITA
25 de junio de 2007 |
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* Federación
Internacional de Trabajadores del Textil, Vestuario,
Cuero y Calzado
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