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Militar uruguayo acusado de participación en
el Plan Cóndor cumplirá prisión domiciliaria

 

Una “Cuestión de Orden” juzgada en la sección plenaria de este viernes, 19 de diciembre de 2008, a las 09:30hs, en el Supremo Tribunal Federal, decidió que el militar uruguayo Manuel Juan Cordero Piacentini, acusado de haber participado de la Operación Cóndor, podrá cumplir prisión domiciliaria después de ser sometido a cirugía cardiovascular.

 

La Operación Cóndor ocurrió en la década del 1970 para reprimir la oposición a los regímenes militares que estaban en el poder en varios países de Sudamérica. El militar que es acusado de ser uno de los responsables por “desapariciones forzadas” del ciudadano argentino Adalberto Valdemar Soba Fernández, ocurrido en 1976.

 

Los gobiernos de Argentina y del Uruguay pidieron la Extradición del mayor (EXT 974 y 1079, respectivamente), siendo que el Supremo decidió que el pedido de Uruguay está perjudicado, una vez que, de acuerdo con la Ley, cuando dos países piden Extradición de una misma persona por los mismos hechos, “tendrá preferencia el pedido en cuyo territorio la infracción fue cometida”. Sobre el pedido de Argentina, el juicio fue interrumpido por un “pedido de vista” del ministro Cézar Peluso.

 

Mientras tanto, el militar presentó un pedido de prisión domiciliaria por sufrir de grave enfermedad cardiovascular, con necesidad de cirugía. Es casado hace 32 años con una brasileña y está preso desde febrero de 2007.

 

El ministro Marco Aurélio, relator de la causa, considero que, por la edad avanzada del preso -70 años- es razonable que se recupere de la cirugía en local adecuado.

“Llevando en consideración la demostración del precario estado de salud del extraditando y que su edad ultrapasa los 70 años, yo voto en el sentido de la aprobación del pedido, o sea, transformando la prisión en domiciliaria”, afirmo el Ministro.

 

El relator aun destacó que el militar deberá entregar su pasaporte en la Policía Federal y quedarse en Brasil “confiando en la jurisdicción brasileña hasta el término de la causa”. Todos los ministros acompañaran el voto del relator, siendo que el ministro Menezes Direito destacó que, por las informaciones, la cirugía es impostergable y “una cirugía cardiovascular no es compatible con una recuperación en el sistema carcelario”.

 

La ministra Cármen Lúcia observó que, durante el tratamiento, Cordero deberá “ser acompañado por control policial necesario para que no ocurra ningún tipo de desvirtuamiento”.

 

 

Supremo Tribunal Federal de Brasil

19 de diciembre de 2008

 

Comentarios

Me llama la atención que, Adalberto Valdemar Soba Fernández, siga siendo para el STF, ciudadano argentino.

 

La otra cosa es que entregar su pasaporte en la Policía Federal y quedarse en Brasil, no significa absolutamente nada, pues uno puede salir de Brasil solamente con la cédula de identidad.

Jair Krischke

 

 

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