El 
Coronel uruguayo Manuel Cordero, preso en Porto Alegre, 
intentó entorpecer su extradición a Argentina. Arguyó 
estar indultado por el Decreto Nº 1003 otorgado por el 
ex presidente argentino Carlos Menem. El líder del 
Movimiento de Justicia y Derechos Humanos, 
Jair
Krischke, 
aclaró 
a la Justicia que aquel indulto fue declarado 
inconstitucional en 2005.
 
La 
defensa del coronel retirado Manuel Cordero, 
preso en Porto Alegre a la espera de su extradición a la
Argentina, intentó una nueva "chicana 
jurídica" esta semana cuando alegó que el militar 
uruguayo había sido indultado por un decreto del 
gobierno del presidente Carlos Menem.
 
El 
intento dilatorio tuvo una inmediata respuesta del líder 
del Movimiento de Justicia y Derechos Humanos (MJDH),
Jair Krischke, quien presentó una nota al 
ministro Marco Aurelio de Mello 
del Supremo Tribunal Federal en la que explicó que aquel 
indulto fue luego declarado inconstitucional.
 
Marco Aurelio de Mello, 
ministro del máximo órgano de justicia de Brasil, 
está a cargo de la extradición Nº 974 por la que el 
torturador es requerido por el juez federal argentino 
Guillermo Montenegro, quien lo acusa de 
crímenes de lesa humanidad durante la represión conocida 
como Plan Cóndor.
 
Krischke es el activista de derechos humanos que 
descubrió a Cordero en la ciudad de Santana do 
Livramento en 2005, luego de que el represor se fugara 
de Uruguay para evitar un juicio de "desacato 
por ofensa" iniciado por un juez penal al que 
Cordero había recusado en una causa por apología de 
la tortura.
 
El alegato de Cordero
 
Cordero, quien había sido internado en un centro de 
rehabilitación cardíaca luego de sufrir una 
descompensación durante su detención en la sede de la 
Policía Federal de Rio Grande do Sul, presentó 
documentación sobre el Decreto 1003 con el que Menem 
le había indultado el 6 de octubre de 1989. Sin embargo, 
su defensa tuvo el obvio olvido de aclarar que aquel 
indulto fue anulado por una resolución de la Corte 
Suprema de Justicia argentina, en el mismo marco en el 
que se declararon inconstitucionales y se derogaron las 
llamadas leyes de Punto Final y Obediencia Debida.
 
El 
indulto de Menem, que incluía a otros represores 
como a miembros de organizaciones guerrilleras 
argentinas, sólo incorporaba a los militares uruguayos
Cordero,
José Nino Gavazzo, Jorge 
Silveira y al policía Hugo Campos 
Hermida, para evitar su condena en la causa federal 
Nº 42.335.
 
Los 
tres militares y el policía uruguayos habían sido 
procesados en ausencia por su participación en los 
secuestros, torturas y desapariciones ocurridos en el 
centro clandestino de torturas Automotores Orletti 
en 1976, denunciados por el sobreviviente Enrique
Rodríguez Larreta Piera.
 
El escrito de Krischke
 
En su 
nota al ministro Marco Aurelio de
Mello, Jair Krischke incluyó la 
sentencia judicial de la Corte de Justicia argentina por 
la que se anuló el decreto para permitir que el juez 
Guillermo Montenegro continuara su actuación 
en la Causa Nº 13.445/1999 por la que pidió la 
extradición.
 
La 
declaración de inconstitucionalidad de los indultos que
Menem otorgó a los torturadores uruguayos, fue 
iniciada por la Sala 1 de la Cámara Federal de Justicia 
argentina el 1º de abril de 2005, con el argumento de 
que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles 
e 
inamnistiables 
.
 
En la 
sentencia del 25 de julio de 2006 se subrayó que el 
indulto era contrario a la Constitución argentina y al 
derecho internacional, y que con el decreto de Menem 
se pretendía renunciar a la búsqueda de la verdad y el 
derecho a una investigación judicial imparcial y 
exhaustiva.
 
El 
pronunciamiento judicial concluía que el indulto Nº 1003 
"constituye uno más de los engranajes tendientes a 
consagrar el mecanismo de impunidad", y sentenciaba la 
nulidad del acto de gobierno para retrotraer la 
situación procesal de los militares uruguayos al momento 
anterior al decreto. 
Roger Rodríguez*
12 de 
abril de 2007
 
 
* Tomado 
del diario La República, 11 de abril de 2007, 
Montevideo, Uruguay