Las
expectativas no eran buenas. La audiencia de conciliación
desarrollada el 23 de octubre en la órbita de la Justicia
Civil era un adelanto de lo que podía pasar. La mediadora
Virginia Fernández inició la audiencia y la empresa
presentó su oferta. El monto ofrecido ni siquiera encontró
respuesta.
La oferta de
Panificadora Bimbo del Uruguay SA, con la cual
pretendía cubrir el reclamo de salarios impagos, licencias
no gozadas y otros adeudos laborales, así como daño moral,
daño premuerte, lucro cesante y daño emergente ocasionado
por la trágica muerte de Simón, fue de 8.224,50
pesos.
La empresa
"desconoció todos los datos aportados en el reclamo, como
fecha de ingreso y su categoría", indicó el abogado de la
familia, Luis Rodríguez Turrina, a LA REPUBLICA. "No
aceptamos la suma ofrecida", por lo cual "se agotaron los
medios de conciliación en el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social (MTSS) y surge la presentación de la
demanda en el plano de laboral", indicó el abogado.
Una muerte evitable
Simón
Santana
realizaba tareas de limpieza en el Departamento de Sanidad
de la Panificadora Bimbo del Uruguay SA, una empresa
transnacional con sede en México, pero radicada en 18
países de América, Europa y Asia, donde
tiene más de 70 plantas, 900 centros de distribución y más
de 80 mil trabajadores.
Simón
ingresó a la empresa en enero de 2008, con amplias
expectativas. El 3 de setiembre fue a trabajar como todos
los días. Tres horas después sufrió un accidente laboral que
le costó la vida. Tenía sólo 26 años.
El joven
realizaba tareas de limpieza en una de las máquinas
enfriadoras de la planta. La tarea no se realizó con el
equipo apagado y Simón fue arrastrado por los engranajes del
aparato. Estaba solo. Las pericias indicaron que su cuerpo
fue apresado durante 15 minutos antes de recibir auxilio.
Simón
"presumiblemente intentaba pasar de un lado a otro de la
plataforma con el cinturón de seguridad colocado y éste fue
enganchado y arrastrado por el sistema de transmisión del
enfriador, quedando atrapado, a la altura del segundo y
tercer disco, los cuales se encontraban en movimiento y sin
protección de defensa (resguardo)", explica la investigación
de la Inspección General del MTSS sobre el accidente.
El informe
del MTSS señala además que el mortal accidente se
desencadenó por razones técnicas y humanas. El informe
indica que existía "riesgo de origen mecánico", por falta de
protección en el sistema, "existiendo riesgo de arrastre,
trituración y atrapamiento", pero que "la empresa no
identificó el riesgo mecánico (sistema de transmisión,
puntos móviles peligrosos sin protección)".
"De acuerdo
a la investigación realizada, se concluye que el accidente
fue ocasionado por múltiples causas identificadas en el
punto 5, por el no cumplimiento de la reglamentación vigente
aplicable en materia de seguridad e higiene. De haber
existido resguardo en los sistemas de trasmisión del
enfriador número 1, no hubiera ocurrido el accidente
investigado", señala como conclusión el informe del MTSS.
El caso de
Simón será investigado, por tanto, en la órbita
civil, laboral y penal, puesto que la jueza penal de 8º
Turno, Graciela Eustachio, también indaga el
accidente. La jueza Eustachio aguarda al momento la
respuesta a varios oficios librados, para desentrañar la
muerte del joven, sus causas y sus responsables.