Colombia
Por la Defensa del Convenio Colectivo y la
Dignificación
de los Trabajadores Bananeros y Palmeros
Asamblea Nacional de SINTRAINAGRO |
|
Sindicato Nacional de Trabajadores
de la Industria Agropecuaria
|
Resolución 03
CONSIDERANDO
-
Que
SINTRAINAGRO en su política de trabajo para
la organización sindical en el sector agropecuario,
constituyó en el sector de la flores, la
subdirectiva en la empresa
C.I Bochica del
municipio de La Ceja Antioquia.
-
Que
se cumplieron todos los requerimientos de carácter
legal y en efecto se inscribió La Junta Directiva de
SINTRAINAGRO Seccional La Ceja y ante la
apelación de C.I Bochica, fue ratificada la
resolución de inscripción.
-
Que
mediante una maniobra de C.I Bochica con
funcionarios deshonestos del ministerio de la
protección social, revocaron la resolución de
inscripción de la subdirectiva y agotaron la vía
gubernativa, eliminando cualquier posibilidad de
apelación por sintrainagro ante un fallo que incurre
en el delito de prevaricato, pro favorecer los
intereses empresariales.
-
Que
luego de los despidos de trabajadores y directivos
que conformaron la subdirectiva de la ceja
SINTAINAGRO interpuso las acciones jurídicas y
logro el reintegro de los trabajadores afectados.
-
Que la empresa
C.I Bochica
despidió nuevamente a todos los y directivos
reintegrados.
-
Que
la UITA,
la UNAC y la
CUT, han
respaldado enfáticamente las acciones de
sintrainagro y han solicitado incorporar al proceso
de la aprobación del TLC, con los Estados
Unidos, como caso emblemático la violación a los
derechos asociación, libertad sindical y negociación
colectiva en el sector floricultor.
-
Que
la junta nacional de SINTRAINAGRO se ha
reunido con el ministro de la protección social y la
división regional del ministerio en Antioquia y no
obstante la claridad que se ha hecho sobre el
proceso jurídico que cumplió sintrainagro para que
se aprobara en primera instancia las subdirectivas
de La Ceja, el Ministerio no asumió su
responsabilidad institucional de hacer respetar la
constitución y los convenio fundamentales de OIT.
RESUELVE
-
Rechazar y denunciar la abierta y descarada
confabulación entre el ministerio de la protección
social y la empresa C.I Bochica, para violar los
convenios 87 y 88 de O.I.T, reconocidos por el
estado Colombiano sobre libertad sindical y
negociación colectiva.
-
Exigir el reintegro inmediato de los trabajadores y
directivos despedido en la empresa C.I Bochica por
ejercer el derecho fundamental de asociación
sindical, consagrado en la constitución política y
en los convenio de la OIT.
-
Respaldar todas las acciones de
SINTRAINAGRO, UITA, UNAC y de la Central
Unitaria de Trabajadores
(CUT),
que
se efectúen a nivel nacional e internacional para
hacer valer los derechos de asociación y negociación
colectiva en la floricultura.
Puesta a consideración, la resolución es aprobada por
unanimidad, en el salón auditorio de la sede sindical en
Apartadó, el día 29 de Febrero del 2008.
POR LA ASAMBLEA NACIONAL
José Guillermo Rivera Zapata
Adela Torres Valoy
Presidente
Secretaria
General
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5 de marzo de 2008
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