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Decreto Legislativo 1084
Fondo de Compensación para el Ordenamiento Pesquero (FONCOPES)
El Decreto Legislativo N° 1084, a efectos de proteger a aquellos
trabajadores que quieran desvincularse de la actividad pesquera o
conseguir una jubilación adelantada, obliga a los armadores a
generar el FONCOPES, que reunirá en el lapso de cinco años
aproximadamente, hasta S/. 270 millones a disposición de los
pescadores.
“El Decreto señala claramente que los armadores, durante los dos
primeros años de puesta en marcha del FONCOPES, quedan suspendidos
en sus facultades de iniciar despidos que afecten a tripulantes por
motivo de reducción de flota. Es más, para evitar “disfrazar
despidos”, en el Decreto hemos creado un sistema de rotación que el
armador deberá poner en marcha para aquellos casos en los que la
cantidad de tripulantes no guarde proporción con la flota y los
puestos de trabajo disponibles en las embarcaciones”, indicó el
titular del Sector.
El FONCOPES, que será íntegramente financiado con los aportes de los
titulares de permisos de pesca, tendrá un conjunto de Programas de
Beneficios excepcionales a los que los pescadores podrán acogerse
voluntariamente con condiciones mejores a las que señala la Ley:
- Un Programa de Incentivos a la Reconversión Laboral, donde se les
asesorará y financiará temporalmente para reinsertarse hacia otras
actividades dependientes;
- Un Programa de Desarrollo y Promoción de MYPES, donde se les
favorecerá para la creación de micro y pequeñas empresas, con
capacitación y financiamiento;
- Y un Programa de Jubilación Adelantada, para trabajadores a partir
de los 50 años de edad hasta los 55 años.
Tomado de la página del Ministerio de Producción de Perú
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