Nanotecnologías:

Central sindical de Holanda

exige medidas de protección

 

La FNV se suma al llamado de alerta lanzado

oportunamente por la UITA

 

La 13ª Conferencia de la Regional Latinoamericana de la UITA, celebrada en la ciudad de Santo Domingo en octubre de 2006 aprobó, entre otras, una resolución sobre las nanotecnologías, la que posteriormente fue adoptada por el 25º Congreso de la UITA (Ginebra, marzo 2007). En lo fundamental, la resolución reclama la aplicación del Principio de Precaución. Para ver la resolución haga clik aquí.

 

Con el paso del tiempo, otras organizaciones se han ido sumado a aquellos reclamos. Lo último es una carta fechada el 9 de octubre de 2008,  donde la principal central obrera de Holanda, la FNV (Federación Holandesa de Trabajadores), reclama al ministro de Trabajo de ese país la aplicación de medidas preventivas específicas para los trabajadores expuestos a nanomateriales.

Resolución de
la UITA
sobre nanotecnología

Versión en ESPAÑOLVersão PORTUGUÉS

 

“La FNV no puede aceptar la indistinción que existe actualmente en las medidas protectoras que deben ser implementadas por las compañías para garantizar un nivel de protección suficiente para quienes trabajan con nanopartículas. La Inspección de Trabajo no posee las herramientas necesarias para brindarles a los empleadores un asesoramiento correctivo dirigido a proteger a sus trabajadores. Esta situación es inaceptable y debe resolverse de inmediato,” sostiene la central obrera en su carta al Ministro.

 

La FNV considera que han fallado todas las medidas tomadas para alentar a productores y empleadores a divulgar voluntariamente la presencia de nanopartículas en sus productos. Por lo tanto, apela al gobierno holandés a que emule a su par francés, el cual, según la central, estaría por imponer como requisito la obligación de notificar a las autoridades toda vez que un producto comercializado o importado a Francia contenga nanomateriales, brindando información detallada de tales nanomateriales.

 

La FNV también reclama que cuando una sustancia peligrosa utilizada en los lugares de trabajo contenga nanopartículas, se indique dicha presencia en la ficha de datos de seguridad que acompaña a la sustancia.

 

 

En Montevideo, Enildo Iglesias

 Rel-UITA

7 de noviembre de 2008

Enildo Iglesias

 

 

 

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